01.2 Alcaldía
La Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad Provincial de Aija y su máxima autoridad administrativa.
El Alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno municipal y tiene las facultades y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades y otras normas que le asignen atribuciones y funciones.
Funciones de la Alcaldía
Son funciones de la Alcaldía las siguientes:
a) Elaborar, proponer, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Alcaldía.
b) Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.
c) Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal.
d) Ejecutar, bajo responsabilidad, los acuerdos del concejo municipal de conformidad con su plan de implementación.
e) Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos.
f) Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación.
g) Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
h) Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones
concertado con la sociedad civil.
i) Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal.
j) Someter a aprobación del concejo municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de
Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado.
k) Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley.
l) Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el
balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido.
m) Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y
licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios.
n) Someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema
de gestión ambiental nacional y regional.
o) Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos
los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal.
p) Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos
de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado.
q) Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil.
r) Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de este, a los demás funcionarios y directivos públicos de confianza, cumpliendo
con los requisitos previamente establecidos en la normativa vigente y en los documentos de gestión interna que regulan el perfil de cada
puesto.
s) Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad.
t) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del serenazgo y la Policía Nacional.
u) Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal.
v) Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control.
w) Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna.
x) Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
y) Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y
recomendarla concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales.
z) Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y
de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado.
aa) Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en
que se implementen.
bb) Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia.
cc) Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera.
dd) Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley.
ee) Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción.
ff) Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes.
gg) Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo municipal.
hh) Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la municipalidad.
ii) Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal.
jj) Presidir, instalar y convocar al comité provincial de seguridad ciudadana, según sea el caso.
kk) Convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local.
ll) Proponer al concejo municipal las ternas de candidatos para la designación del secretario técnico del procedimiento administrativo
disciplinario y del coordinador de la unidad funcional de integridad institucional.
mm) Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.