¿La entidad puede otorgar facilidades (licencias/comisión) para las capacitaciones autogestionadas/autofinanciadas?
De acuerdo a lo señalado en el numeral 3.4. del Informe Técnico N° 000994-2019-SERVIR-GPGSC, las capacitaciones que son autogestionadas por los servidores (es decir, financiadas y coordinadas por los propios servidores), no se enmarcan en el Plan de Desarrollo de las Personas (PDP). En ese sentido, a diferencia de las capacitaciones financiadas o canalizadas total o parcialmente por el Estado, las entidades no se encuentran obligadas a registrarlas en el PDP ni a conceder licencia a los servidores para que estos realicen dichas capacitaciones autogestionadas, sino que en dichos casos deberá tenerse en cuenta las normas que regulan el otorgamiento de licencias sin goce de remuneraciones por motivos particulares.