Presidencia Ejecutiva del OFIS

Dirige, supervisa y coordina la gestión institucional del OFIS, de la misma forma, aprueba las políticas, los planes, los programas, los proyectos y demás documentos de gestión.

  • Sus funciones son las siguientes:
  1. Dirigir, supervisar y coordinar la gestión institucional del OFIS, así como disponer las medidas correspondientes en el marco de la normativa vigente.
  2. Ejercer la representación legal del OFIS en todos aquellos actos y contratos que éste realice o celebre, sea en el país o en el extranjero, sin perjuicio de las funciones reconocidas a otros órganos o unidades orgánicas en el presente Reglamento.
  3. Designar mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva el miembro del Consejo Directivo que lo reemplace en sus funciones en caso de ausencia o impedimento temporal.
  4. Aprobar las modificaciones del presupuesto del OFIS.
  5. Emitir, en representación del OFIS, opinión técnica sobre los proyectos de normas legales, vinculados a las materias de su competencia.
  6. Aprobar las políticas, los planes, los programas, los proyectos, las medidas de carácter institucional y demás documentos de gestión que conforme a norma expresa le correspondan.
  7. Designar, remover o despedir a las personas que ocupan los cargos de confianza, los cargos de libre designación o remoción en la institución.
  8. Designar a las personas que, en nombre y representación del OFIS, podrán presentarse y/o ejercer la representación de la entidad, actuar ante cualquier autoridad para defender los intereses y derechos de la institución y de sus trabajadores emplazados por el ejercicio regular de sus funciones.
  9. Suscribir acuerdos y convenios con entidades del sector público y privado a nivel nacional e internacional.
  10. Expedir, dentro del ámbito de su competencia, las disposiciones de carácter general y particular en cumplimiento de las funciones del OFIS.
  11. Dictar medidas y disposiciones de organización interna.
  12. Disponer las acciones que correspondan a fin de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en las normas del Sistema Nacional de Control.
  13. Delegar en la Gerencia General las funciones y atribuciones para la ejecución del pliego presupuestal, en el marco de las normas autoritativas.
  14. Aceptar legados, donaciones u otras liberalidades que se hagan en favor del OFIS.
  15. Las demás que le correspondan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.