Información para postular al FONDES: procesos de reducción y reconstrucción

¿Qué es el FONDES?

El Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (FONDES), creado por la Ley N° 30458 y gestionado por el Ministerio de Economía y Finanzas, es un mecanismo destinado a financiar Actividades e Inversiones relacionados con la mitigación de riesgos, fortalecimiento de la capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante fenómenos naturales. Su gestión se regula mediante el Decreto Supremo N° 132-2017-EF, que establece su conformación y funciones, y normas posteriores como el DS N° 040-2020-EF, que incorpora un procedimiento simplificado para atender emergencias, el DS N° 0211-2020-EF, que modifica disposiciones reglamentarias, y el DS N° 095-2024-EF, que aprueba nuevas disposiciones para una mejor gestión de sus recursos.

¿Qué es la Comisión Multisectorial del FONDES?

Es el órgano responsable de priorizar proyectos de inversión, refuerzos y otras inversiones que no constituyen proyectos, incluyendo la elaboración de expedientes técnicos y actividades destinadas a la mitigación, mejora de la capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción frente a fenómenos naturales y antrópicos. Estas acciones son financiadas con recursos del FONDES. Esta comisión, de carácter permanente, está adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas.

¿Qué es la Unidad Funcional del FONDES-CENEPRED?

Es un equipo de trabajo multidisciplinario cuyo objetivo es establecer procedimientos técnicos claros para evaluar y calificar las “solicitudes de intervención en reducción de riesgos y reconstrucción, haciendo uso de los recursos del FONDES”. Estas intervenciones se dividen en dos categorías principales: actividades y proyectos de inversión, conforme a las disposiciones reglamentarias establecidas en el DS N° 095-2024-EF.

¿Cómo puedo postular al FONDES para los procesos de reducción y reconstrucción?

Los procedimientos para postular al FONDES están dadas en el marco de los procesos de la GRD, conforme a las Disposiciones Reglamentarias aprobadas mediante Decreto Supremo N° 095-2024-EF en los procesos de Reducción y Reconstrucción.

¿Para qué tipologías de actividades e inversiones en los procesos de reducción y reconstrucción es útil el FONDES?

Las señaladas en el Anexo N° 02 de las Disposiciones Reglamentarias del Decreto Supremo N° 095-2024-EF, siendo las siguientes:

a. Control de zonas críticas y fajas marginales en cauces de ríos

Monumentación y control de la Faja Marginal, se realiza a través de la colocación de hitos (son bienes de dominio público hidráulico, de acuerdo a Ley N° 29338 y su Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos) que se numerarán o codificarán de manera correlativa, según las progresivas existentes en el curso fluvial y en concordancia con lo establecido en el Estudio de Delimitación de la Faja Marginal respectivo. Asimismo, la monumentación y mantenimiento de la Faja Marginal está a cargo de los Gobiernos Regionales y Locales, con la participación de las organizaciones de Usuarios de aguas y usuarios en general colindantes a las fajas marginales.

(Sector competente MIDAGRI).

b. Limpieza de cauces, drenajes y estructuras de seguridad física frente a peligros

Permite reducir el riesgo de inundación y los efectos erosivos de las crecidas de los ríos y quebradas, en las laderas con taludes empinados, los daños que podrían ocasionar en la población y sus medios de vida tanto de las zonas urbanas y rurales; las áreas agrícolas y la infraestructura de riego; así como en las estructuras de seguridad física, infraestructura urbana e infraestructura vial; lo que podría interrumpir el funcionamiento de los servicios públicos.

c. Tratamiento de cabeceras de cuencas en gestión del riesgo de desastres

Contribuyen a reducir el arrastre de sedimentos y la colmatación en las cuencas media y baja, las cuales resultan vulnerables en estacionalidades de lluvias intensas, pudiendo ocasionar daños a la producción y medios de vida del productor; así como la captura y retención de la precipitación pluvial en la cabecera de las microcuencas para mitigar potenciales impactos de sequías.

(Sector Competente MIDAGRI).

d. Acondicionamiento de viviendas ante el riesgo de desastres

Consiste en el mejoramiento de ambientes o espacios habitables en edificaciones mediante la refacción, ampliación, acondicionamiento, reforzamiento de las unidades habitacionales. Las intervenciones en ambientes o espacios en las viviendas se desarrollan de acuerdo a los peligros a que está expuesta tanto por heladas, nevada, friaje, sismos, lluvias e inundaciones.

(Sector Competente MVCS)

¿Cuáles son los plazos de postulación?

Son los señalados en el Anexo N° 03 de las Disposiciones Reglamentarias del Decreto Supremo N° 095-2024-EF:

  • Primer periodo: durante los últimos 5 días hábiles de los meses de enero a mayo de cada año.
  • Segundo periodo: durante los últimos 5 días hábiles del mes de octubre de cada año.

¿Qué documentos son necesarios para la postulación?

1. Formato 01: Solicitud de financiamiento dirigida a la Secretaría Técnica.

2. Formato 02: Declaración Jurada de no contar con financiamiento.

3. Formato 03: Informe de evaluación presupuestal ante la falta de presupuesto.

4. Formato 04: Contenidos mínimos del informe de actividades (procesos de reducción).

5. Opinión Técnica Favorable del Sector Competente.

Para más información, puedes comunicarte a través de WhatsApp al número 959887536 (FONDES CENEPRED - OPP) o escribir al correo electrónico jotero@cenepred.gob.pe para comunicarte con el coordinador, Ing. Juan Francisco Otero.

También puedes enviar un oficio para solicitar asistencia técnica.