Sujeto Sin Capacidad Operativa - SSCO

Es la persona natural o juridica que no tiene los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o estos no resultan idóneos, para realizar operaciones por las que emite comprobantes de pago.

La SUNAT publica la relación de SSCO que emiten comprobantes de pago por Operaciones No Reales para disuadir conductas evasoras y mejorar la recaudación del IGV y del Impuesto a la Renta.

Procedimiento de atribución de la condición de SSCO

Inspección previa o verificación de campo

La SUNAT puede iniciar el procedimiento de atribución de la condición de SSCO cuando por medio de una verificación de campo y de sus fuentes de información (de entidades privadas o públicas o la proveniente de cruces de información) detecta un sujeto que: a) No cuenta con infraestructura o bienes; b) No tiene activos; c) No tiene personal y/o d) Cualquier otra situación objetiva que evidencie que el sujeto no tiene los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o que estos no resultan idóneos, para realizar las operaciones por las que emite comprobantes de pago.

Procedimiento de atribución

Inicia con la notificación del requerimiento comunicando las situaciones detectadas en etapa anterior. El sujeto presenta pruebas dentro de los próximos 30 días hábiles y la Sunat los evalúa dentro de los 30 días hábiles siguientes a fin de desvirtuar o no las situaciones detectadas. Luego notifica la Resolución de Atribución, la cual es impugnable según el Código Tributario. Finalmente, publica la relación de SSCO en su página web y el Diario Oficial El Peruano (sólo las resoluciones que hayan quedado firmes).

Efectos de la publicación de SSCO

a. Para el SSCO (Emisor de comprobantes de pago)

  • La baja de sus comprobantes de pago físicos.
  • Solo podrá emitir en forma electrónica boletas de venta y notas de débito y crédito, mientras se mantenga la publicación en la página web de la SUNAT (4 años).
  • Deberá pagar el IGV consignado en los comprobantes de pago o en las notas de débito, donde figure como emisor.
  • No podrá solicitar la libre disposición de la cuenta de detracciones y los depósitos serán consideradores como ingreso por recaudación.

b. Para el Adquirente (Comprador - Cliente)

  • Por los Comprobantes de Pago que se emitan con el SSCO:

- No podrá ejercer el derecho al crédito fiscal o beneficio derivado del IGV

- No podrá sustentar costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta

  • También aplica para los Comprobantes de Pago emitidos por el SSCO desde el 20.03.2022.
  • Podrá solicitar la revisión de los Comprobantes de Pago emitidos por el SSCO desde el 20.03.2022 hasta el día en que se efectúa la publicación
  • Plazo: 30 días hábiles siguientes a la publicación.
  • La Sunat iniciará una fiscalización parcial.

Procedimiento de Revisión

Regula la forma en que el deudor tributario puede presentar la solicitud de revisión de los comprobantes de pago y documentos complementarios que el SSCO le hubiera otorgado. La solicitud puede presentarse en el plazo de 30 días hábiles siguientes a la publicación antes mencionada. La Sunat iniciará un procedimiento de fiscalización parcial y podrá evaluar otros aspectos del tributo y periodos involucrados en la solicitud de revisión.

Los comprobantes de pago sujetos a este procedimiento son los emitidos por el SSCO desde el 20.03.2022, de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.°1532.

Procedimiento de exclusión

Establece la forma en que las EIRL, contratos de colaboración empresarial o sociedades cuyos titulares, partes contratantes o socios sean SSCO y han sido incluidos en la relación que se publica en los medios antes señalados, puedan presentar la solicitud de exclusión de aquella relación y el levantamiento de restricciones. La SUNAT tiene un plazo de 30 días hábiles para evaluar la solicitud; vencido este, sin notificarse la resolución correspondiente, operará el silencio administrativo negativo.

Para mayor información ingresa aquí

También puedes revisar los efectos de la publicación de SSCO para clientes y acceder a las preguntas frecuentes.