Reinicio de las retenciones o pagos a cuenta del impuesto a la renta de 4ta categoría

Si la Sunat te autorizó la suspensión de retenciones de cuarta categoría del año 2024, pero tus ingresos cambiaron y percibes más de S/ 45,063.00 anuales, debes permitir nuevamente la retención del Impuesto a la Renta (IR).

Si son rentas obtenidas por ser director de empresas, síndico, mandatario o similar, y el monto supera los S/ 36,050.00 , entonces debes reiniciar el pago mensual (pago a cuenta).

Consideraciones para retenciones:

  • No debes entregar el formato de autorización de suspensión de retenciones a tu empleador, porque ya no es válido.
  • Coloca, en tus recibos por honorarios electrónicos superiores a S/ 1,500.00 , el monto que corresponde a la retención del 8% del IR a partir del día siguiente de variados tus ingresos.

Consideración para pago a cuenta:

Debes seguir este procedimiento hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir del 1 de enero del 2025, puedes presentar una nueva solicitud de suspensión de retenciones de cuarta categoría.