Operaciones gravadas y exoneradas del ITF

Son aquellas operaciones por las que debes pagar el impuesto a las transacciones financieras - ITF (operación gravada) o por las que no debes pagar dicho impuesto (operación exonerada).

El ITF es un impuesto que pagas cada vez que realizas operaciones en moneda nacional o extranjera.

Las operaciones gravadas más frecuentes son:

  • Los depósitos o retiros realizados en las cuentas bancarias.
  • Los pagos realizados a los bancos y otras empresas del sistema financiero.
  • La obtención de certificados bancarios, cheques de gerencia y viajero.
  • Los envíos de dinero realizados a través de bancos o empresas de transferencia de fondos.

Las operaciones exoneradas más frecuentes son:

  • Los depósitos o retiros realizados entre las cuentas de una misma persona.
  • Los depósitos en las cuentas bancarias que el empleador use para el pago de remuneraciones o pensiones.
  • Los depósitos a cuentas de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores.
  • Los depósitos o cargos por aportes que hacen los asociados en sus cuentas de fondos mutuos y de inversión.
  • La acreditación o débito en las cuentas del sector público nacional.
  • Los depósitos o cargos en las cuentas usadas exclusivamente para el sistema de detracciones.
  • La acreditación o débito en las cuentas usadas por las AFP.
  • La acreditación o débito en las cuentas que las empresas del sistema financiero mantienen entre sí y con el Banco Central de Reserva del Perú.
  • La acreditación o débito en las cuentas usadas solo por las administradoras de redes de cajeros automáticos, operadores de tarjetas de crédito, débito y de minoristas reconocidas como medio de pago.

Estas operaciones se encuentran en la Ley del Impuesto a las transacciones financieras del Decreto Supremo Nº 150-2007-EF.