Operaciones gravadas y exoneradas del ITF
Son aquellas operaciones por las que debes pagar el impuesto a las transacciones financieras - ITF (operación gravada) o por las que no debes pagar dicho impuesto (operación exonerada).
El ITF es un impuesto que pagas cada vez que realizas operaciones en moneda nacional o extranjera.
Las operaciones gravadas más frecuentes son:
- Los depósitos o retiros realizados en las cuentas bancarias.
- Los pagos realizados a los bancos y otras empresas del sistema financiero.
- La obtención de certificados bancarios, cheques de gerencia y viajero.
- Los envíos de dinero realizados a través de bancos o empresas de transferencia de fondos.
Las operaciones exoneradas más frecuentes son:
- Los depósitos o retiros realizados entre las cuentas de una misma persona.
- Los depósitos en las cuentas bancarias que el empleador use para el pago de remuneraciones o pensiones.
- Los depósitos a cuentas de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores.
- Los depósitos o cargos por aportes que hacen los asociados en sus cuentas de fondos mutuos y de inversión.
- La acreditación o débito en las cuentas del sector público nacional.
- Los depósitos o cargos en las cuentas usadas exclusivamente para el sistema de detracciones.
- La acreditación o débito en las cuentas usadas por las AFP.
- La acreditación o débito en las cuentas que las empresas del sistema financiero mantienen entre sí y con el Banco Central de Reserva del Perú.
- La acreditación o débito en las cuentas usadas solo por las administradoras de redes de cajeros automáticos, operadores de tarjetas de crédito, débito y de minoristas reconocidas como medio de pago.
Estas operaciones se encuentran en la Ley del Impuesto a las transacciones financieras del Decreto Supremo Nº 150-2007-EF.