¿Qué órgano de inversión pública autoriza la elaboración de los expedientes técnicos o documentos equivalentes y la ejecución de las inversiones?
Corresponde al Órgano Resolutivo-OR autorizar la elaboración del expediente técnico o documento equivalente así como la ejecución de proyectos de inversión cuando estos hayan sido declarados viables mediante fichas técnicas. El OR está facultado para delegar esta función en cualquier unidad de organización (órganos, unidades orgánicas, subunidades orgánicas o áreas) de la entidad o en los titulares u otros órganos de las entidades agrupadas en cada Sector, gobierno regional-GR o gobierno local-GL.
Tratándose de las empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE, la autorización la realiza el Directorio u órgano que haga sus veces,
Finalmente, en caso se hayan elaborado estudios de preinversión a nivel de Perfil para el proyecto de inversión o se trate de una IOARR, dicha autorización no resulta aplicable.
Base legal:
Inciso 5 del párrafo 9.3 del artículo 9 del Reglamento.
Inciso 4) del párrafo 8.1 del artículo 8 y párrafo 29.5 del artículo 29 de la Directiva General.
Fuente: Preguntas Frecuentes INVIERTE.PE - MEF