1. ¿Qué órgano designa a la Oficina de Programación Multianual de InversionesOPMI y a su responsable? ¿Cuál es la resolución o acto resolutivo que se emite para esta designación?
Conforme a la normativa vigente sobre inversión pública, le corresponde al Órgano
Resolutivo (OR) designar a la OPMI, así como a su responsable, mediante la
resolución o acto correspondiente. Debe tenerse en cuenta que el OR es el
Ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del sector, en los gobiernos
regionales (GR) es el Gobernador regional y en los gobiernos locales (GL) es el
Alcalde.
Para realizar la designación de la OPMI y su responsable, debe verificarse lo
siguiente:
● El órgano o unidad orgánica de la entidad cuente con funciones en materia
de planeamiento, inversión pública o materias vinculadas con la
elaboración, seguimiento y evaluación de políticas, planes o programas que
se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del sector o el
ámbito de competencias del GR o GL.
● El órgano o unidad orgánica no coincida o sea parte de alguna de las
unidades de organización de la entidad (órganos, unidades orgánicas,
subunidades orgánicas o áreas) registradas como Unidad Formuladora (UF)
o Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) en los aplicativos informáticos del
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
El responsable que sea designado, debe cumplir con el perfil profesional
establecido en el Formato N.° 01-A: Registro de la OPMI y su Responsable,
de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
La designación de la OPMI y su responsable, se efectúa mediante resolución
ministerial (sector), resolución ejecutiva regional (GR) o resolución de alcaldía (GL).
En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos y el Fuero Militar
Policial, la designación se efectúa mediante la resolución o acto resolutivo previsto
en el reglamen de organización y funciones.
Base legal:
Incisos 2 y 3 del párrafo 9.3 y el párrafo 9.1 del artículo 9 del
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252.
Artículo 6 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General
del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de
Inversione
Fuente: Preguntas frecuentes MEF