Debe iniciarse el proceso de fiscalización posterior aleatoria
Se trata del proceso ordenado de control posterior efectuado por la municipalidad con la finalidad de verificar de oficio la autenticidad de las declaraciones, documentos, informaciones y/o traducciones presentadas por los administrados en el trámite de sus procedimientos administrativos al amparo de la presunción de veracidad.
Base legal:
Numeral 4.1 del artículo 4 de los Lineamientos para la Ejecución de la Fiscalización Posterior Aleatoria de los Procedimientos Administrativos y para el Funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo Aplicables a las Entidades de La Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo N° º 141-2024-PCM