¿Se puede modificar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para pasar el presupuesto de obras a gastos corrientes?

No se puede modificar el presupuesto, reduciendo los gastos de inversión para utilizarlos en gastos corrientes.

La Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece en su artículo 41 las Limitaciones a las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, señalando en su inciso c) que no se puede autorizar habilitaciones para gastos corrientes con cargo a anulaciones presupuestarias, vinculadas a gastos de inversión.

Base legal

Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, 28411, artículo 41.