Gerencia de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural
Es el órgano de línea de segundo nivel organizacional responsable de planificar, organizar, ejecutar, calificar y supervisar las acciones referidas al planeamiento y saneamiento urbano, acondicionamiento del territorio, desarrollo urbano, catastro, infraestructura urbana o rural básica, obras públicas, edificaciones, habilitaciones urbanas, transporte, circulación vial y tránsito, depende funcional y jerárquicamente del gerente municipal
Artículo 92.- Son funciones:
- Programar, coordinar, conducir y evaluar las actividades inherentes al desarrollo de proyectos de infraestructura urbana y rural acorde con la política de acondicionamiento territorial y el plan de desarrollo distrital concertado.
- Velar por el cumplimiento de los objetivos y acciones estratégicas de su competencia, establecidos en el plan estratégico institucional, que formula y ejecuta a través de las actividades y/o proyectos del plan operativo institucional, en concordancia con los lineamientos del plan de desarrollo local concertado del distrito de pisac.
- Ejecutar el plan operativo y presupuesto municipal correspondiente a la gerencia de infraestructura, desarrollo urbano y rural, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados.
- Formular, la memoria anual de la dependencia de acuerdo con la normatividad vigente.
- Asesorar a la alta dirección, sobre asuntos de ingeniería y ejecución de obras.
- Proponer y ejecutar la construcción, reconstrucción, ampliación, modificación o reforma de la infraestructura e inmuebles públicos, en estricta sujeción de los requisitos que establezca la ley, el reglamento nacional de edificaciones, las ordenanzas y otras disposiciones, o reglamentos sobre seguridad de defensa civil, y otros organismos que correspondan, para garantizar la salubridad y estética de la edificación; teniendo en cuenta los estudios de impacto ambiental, conforme a ley.
- Concertar y formular los convenios o contratos a suscribir con la población organizada e instituciones, para la ejecución de proyectos de infraestructura de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
- Autorizar la ingeniería preliminar y la ingeniería de detalle necesaria para la construcción de obras de infraestructura básica, vial, de mantenimiento y conservación de obras aprobadas, encomendadas y ejecutadas por la municipalidad distrital de pisac.
- Autorizar las normas y especificaciones de construcción utilizados en las obras.
- Solicitar oportunamente los equipos y materiales necesarios para la ejecución de las obras que se le encomiende.
- Velar por el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos y ordenanzas mediante la calificación, regularización y control del desarrollo urbano del distrito.
- Proponer la política de desarrollo urbano y rural de la municipalidad, así como la normatividad pertinente para su implementación.
- Elaborar el plan de desarrollo urbano y/o rural, y mantenerlo actualizado.
- Formular el catastro urbano de la ciudad y mantenerlo actualizado.
- Controlar y recepcionar las obras que la municipalidad ejecuta a través de terceros por contratos, por encargos, por administración directa, etc.
- Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias sobre zonificación, habilitación urbana, saneamiento físico legal, renovación urbana, vialidad, patrimonio histórico, cultural y paisajístico, entre otros.
- Controlar el correcto uso del espacio y garantizar un armónico diseño urbano, mediante la calificación de las instalaciones en la vía pública.
- Reglamentar, otorgar licencia y controlar las instrucciones, remodelaciones y demolición de los inmuebles de las áreas urbanas, de conformidad con las normas contenidas en el reglamento nacional de edificaciones.
- Supervisar y otorgar certificación de finalización de obra y declaratoria de fábrica de las obras de edificación privada ejecutadas en el distrito.
- Supervisar el funcionamiento de las comisiones técnicas de habilitaciones urbanas y calificadora de proyectos.
- Identificar los inmuebles en estado ruinoso y calificar los tugurios en los cuales deban realizarse tareas de renovación urbana en coordinación con la municipalidad provincial.
- Tramitar adjudicación de terrenos eriazos de propiedad fiscal.
- Organizar y disponer la nomenclatura de avenidas, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial.
- Reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalización.
- Conducir y supervisar el sistema de tránsito urbano, de conformidad con el código de tránsito y seguridad vial.
- Otorgar licencias para la circulación de vehículos menores, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial.
- Organizar y mantener los sistemas de señales y semáforos de tránsito peatonal y vehicular, sancionando y multando a los infractores.
- Velar por el cabal cumplimiento del reglamento de construcciones y de las normas que emita la municipalidad, proponiendo las sanciones a los infractores.
- Controlar las obras de mantenimiento y reparación de los pavimentos, calzadas, puestos de salud, lugares deportivos, recreativos y de obras públicas en general.
- Expedir resoluciones gerenciales por delegación sobre las materias de su competencia.
- Implementar y ejecutar la gestión por procesos, según los lineamientos y metodologías establecidas dentro del alcance de su competencia.
- Formular bases y especificaciones técnicas para licitaciones y contratos de servicios de consultoría, de adquisición de materiales y de ejecución de obras.
- Establecer, dar seguimiento y evaluar los índices de productividad y eficiencia de las obras correspondientes.
- Establecer y operar los sistemas de costos de las obras a su cargo.
- Participar en los procedimientos de adquisición de materiales y equipos necesarios, para las obras a su cargo.
- Participación en las acciones de formulación y elaboración del plan de desarrollo distrital y en el programa de inversiones concertado con la sociedad civil.
- Proponer a la gerencia municipal, los proyectos de normas que sean necesarios para alcanzar los objetivos institucionales y sus funciones de su competencia.
- Proponer convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes.
- Desarrollar un programa permanente de mantenimiento de la infraestructura vial urbana, pistas, veredas, sardineles y bermas.
- Participar en los espacios de concertación y participación vecinal que le sean encargados.
- Mantener actualizado el registro de las obras en ejecución en el sistema de información de obras públicas infobras del portal de la contraloría general de la república y otros sistemas aplicativos en coordinación con demás entidades del estado.
- Las demás funciones que le asigne la gerencia municipal, en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.
Artículo 93.- La gerencia de infraestructura, desarrollo urbano y rural, para el mejor cumplimiento de sus funciones, cuenta con la siguiente estructura:
- Oficina de desarrollo urbano, rural y catastro
- Oficina de infraestructura y obras
- Oficina de mantenimiento de infraestructura construida
- Oficina de equipo mecánico.