Funciones de la Oficina General de Administración

Son funciones de la Oficina General de Administración:

  • Planear, organizar, dirigir y evaluar en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los sistemas administrativos de gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería, endeudamiento público.
  • Proponer directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los sistemas administrativos de gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad, tesorería, endeudamiento público.
  • Supervisar la ejecución del Plan de Desarrollo de las Personas - PDP de la municipalidad.
  • Suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios, ejecución de obras y otros de su competencia. Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, así como del control y la actualización del margesí de estos.
  • Proponer, gestionar y emitir los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes de la municipalidad.
  • Supervisar el control patrimonial y custodia de los activos; y de los bienes en almacén.
  • Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la Alta Dirección y a las entidades competentes sobe la situación financiera de la municipalidad.
  • Supervisar la formulación de los estados financieros y presupuestarios de la entidad.
  • Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y financieras de la entidad, en cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Control.
  • Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente.
  • Emitir actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las competencias asignadas en la normatividad vigente.
  • Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.
  • Expedir resoluciones en las materias de su competencia.
  • Las demás funciones que le asigne el/la Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.