Procuraduría Pública
Es el órgano de defensa judicial, encargado de representar y defender los derechos e intereses de la municipalidad ante los Órganos Jurisdiccionales de los diferentes Distritos Judiciales de la República, interviniendo en toda las instancias en los fueros Constitucional, Civil, Laboral y Penal, además de organismos e instituciones de carácter público y/o privado; así como las demandas administrativas de carácter contencioso.
Está a cargo de un funcionario público denominado Procurador Público Municipal que depende administrativamente de la Municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; los cuales se podrán efectuar en forma externa.
Está a cargo de un funcionario de confianza, designado por el alcalde.
Funciones
- Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la defensa judicial de la Municipalidad Distrital de Nicolás de Piérola, ante cualquier órgano jurisdiccional.
- Planificar, organizar, dirigir y controlar la formulación de las políticas relacionadas a la Defensa Judicial de la Municipalidad.
- Ejecutar el Plan Operativo y Presupuesto Municipal correspondiente a la Procuraduría Pública Municipal
- Disponer eficiente y eficazmente de los recursos presupuéstales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados.
- Cautelar el adecuado desarrollo de los procesos judiciales, ejercitando en los juicios todos los recursos legales que sean necesarios en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad.
- Representar a la Municipalidad en los procesos y Procedimientos Administrativos contenciosos administrativos, judiciales y arbítrales en la que la Municipalidad o alguno de sus miembros sean parte, así como ante el Ministerio Publico o Policía Nacional del Perú.
- Solicitar informes, antecedentes y la colaboración de cualquier dependencia de la Municipalidad.
- Coordinar permanentemente con el Concejo de Defensa Judicial del Estado sobre los alcances de las normas y los avances de los procesos judiciales en marcha.
- Emitir pronunciamiento por escrito, a solicitud del Alcalde sobre cuestiones legales que interesen a la Municipalidad en los asuntos de su competencia.
- Requerir el auxilio de la fuerza pública a través de la autoridad política cuando el cumplimiento de sus funciones lo amerite.
- Resolver las consultas que plantee el Alcalde o cualquier funcionario sobre los asuntos administrativos o procesos judiciales que se encuentren a su cargo.
- Informar al Concejo Municipal, de manera inmediata, las notificaciones de las sentencias judiciales expedidas en contra de los intereses o derechos de la Municipalidad, bajo responsabilidad.
- Participar en nombre de la Municipalidad en diligencias de investigación preliminar, judicial y otras donde se encuentren inmersos los intereses y derechos de la Municipalidad.
- Ejerce la representación de la Municipalidad en los requerimientos que se le haga, por solicitud de conciliación ante centros de esta naturaleza, formulando la solicitud motivada de autorización del Concejo Municipal, para proceder a conciliar.
- Mantener informada a la Alta Dirección sobre los avances de los procesos judiciales a su cargo.
- Iniciar e impulsar los Procesos Judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales pudiera encontrar responsabilidad civil o penal así como los procesos judiciales interpuestos contra la Municipalidad o sus representantes, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal.
- Presentar reclamos en vía administrativa ante otras entidades públicas y privadas.
- Proponer al Concejo los asuntos que estime pertinente para su inclusión en la agenda de las sesiones.
- Elaborar semestralmente los informes sobre el movimiento de los Juicios y Procesos Administrativos.
- Asesorar a todos los órganos de la Municipalidad en asuntos de carácter judicial relacionado a la defensa institucional.
- Cumplir con lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1068, y normas complementarias, ampliatorias y conexas relativas a la representación y defensa del Estado en juicio.
- Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones y las que le designe el Alcaldía.