Gestión de la función de integridad
Fortalecimiento de la Cultura de Integridad
La Directiva N° 002-2021-PCM/SIP, aprobada por la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP, tiene por objeto establecer medidas de desempeño para el fortalecimiento de una cultura de integridad en las entidades de la administración pública, como la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres.
En esa medida, para fortalecer una cultura de integridad pública es necesario trasladar los planteamientos al entorno de la organización, es decir, fuera de ella, e incluir a las partes interesadas.
Así, por ejemplo, una entidad que impulsa permanentemente la transparencia, la equidad y la probidad dentro y fuera de la organización podría asimilar de mejor manera estándares más rigurosos en la regulación de la gestión de intereses (lobby), con mayor adherencia y compromiso de sus miembros y quienes desde la ciudadanía o el sector privado deseen influir en la toma de una decisión pública, siguiendo parámetros que aseguren la integridad de dicho proceso.
De esta forma, y en la medida en que esta cultura de integridad sea la expresión de saberes y prácticas compartidas en diversas entidades del Estado y sus partes interesadas, el desempeño ético de un servidor público podría fortalecerse en su paso por la administración pública. Por el contrario, allí en donde no se encuentre una cultura de integridad instalada en la organización se correrá el riesgo de frenar o contrarrestar su formación en principios, valores y cumplimiento de normas destinados a fortalecer el ejercicio ético de la función pública.
Fuente: Guía de conceptos y aplicaciones: integridad pública, SIP/PCM, julio 2021.
Base Legal
Base legal nacional
Ley N° 31564, Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público.
- Ley N° 31227, Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos.
- Decreto Legislativo N° 1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
- Decreto Supremo N° 082-2023-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31564, Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público
- Decreto Supremo N° 002-2020-JUS, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327 que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
- Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, que aprueba la Política de Gobierno al 2021.
- Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021.
- Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad y lucha contra la corrupción.
- Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
- Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327 que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
- Resolución de Contraloría N° 291-2023-CG, que modifica el Reglamento para implementar la Ley N° 31227, respecto a la recepción, el ejercicio del control, fiscalización y sanción de la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del estado, y candidatos a cargos públicos.
Base Legal Sector (Secretaría de Integridad Pública / PCM)
- Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”.
- Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2023-PCM/SIP, que aprueba la “Guía para la gestión de riesgos que afectan la integridad pública”.
- Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”.
Base Legal Municipalidad
- Resolución de Gerencia Municipal N° 260-2023-GM/MDSMP, que aprueba la Directiva N° 002-2023-OII/MDSMP “Presentación y atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección al denunciante de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres”.
- Resolución de Gerencia Municipal N° 287-2023-GM/MDSMP, que aprueba la Directiva N° 001-2023-OII/MDSMP “Directiva de Código de Ética y Conducta de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres”.
Conceptos básicos
- Integridad pública: Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueve y protege el desempeño ético de la función pública, de modo que los poderes y recursos confiados al Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron, asegurando que el servicio público a la ciudadanía esté orientado al interés general y a la generación de valor público.
- Cultura de integridad pública: Es la expresión de saberes y prácticas compartidas en una institución donde se actúa de manera consistente con sus valores organizacionales y en coherencia con el cumplimiento de los principios, deberes y normas destinados a asegurar el interés general, luchar contra la corrupción y elevar permanentemente los estándares de la actuación pública. Dichos saberes y prácticas se extienden a los miembros de la organización y, fuera de ella, a sus partes interesadas.
- Enfoque de integridad pública: Es un enfoque transversal de gestión destinado a evaluar y fortalecer el desempeño ético de los servidores y funcionarios públicos, mitigando los riesgos que pudieran conducir o facilitar en una entidad la comisión de prácticas contrarias a la ética o corruptas, de modo que se actúe con prevención, debida diligencia y de manera oportuna.
- Modelo de integridad: Es el conjunto de orientaciones dirigidas a fortalecer la capacidad preventiva y defensiva de las entidades frente a la corrupción y diversas prácticas contrarias a la ética. Desde la normativa vigente, dichas orientaciones se organizan de manera sistémica en una estructura de trabajo de nueve componentes sobre la base de conceptos y pautas específicas a nivel organizacional y funcional, que, a la fecha, constituyen el estándar peruano de integridad y un marco de trabajo para implementar el enfoque de integridad pública en cada entidad.
- Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción: Es la herramienta que permite medir la adecuación de la entidad al estándar de integridad a través del desarrollo de los componentes y subcomponentes del modelo de integridad, evidenciando las brechas y oportunidades de mejora en su implementación.
Responsables del fortalecimiento de la cultura de integridad
Titular de la entidad
Es el alcalde de la Municipalidad, y le corresponde las siguientes responsabilidades:
- Liderar y asegurar el compromiso de la Alta Dirección para la implementación y evaluación del Modelo de Integridad.
- Asegurar la incorporación y ejercicio de la función de integridad en la entidad, bajo los lineamientos de la Secretaría de Integridad Pública.
- Asegurar la continuidad de las estrategias de implementación del modelo de integridad.
- Liderar la Red de Integridad en el ámbito local, según corresponda.
Máxima autoridad administrativa
Es la autoridad de la gestión administrativa, que forma parte de la Alta Dirección y actúa como nexo de coordinación entre ésta y los órganos de asesoramiento y apoyo; asimismo, es responsable de supervisar las medidas destinadas a instalar una cultura de integridad en la entidad. Le corresponde las siguientes responsabilidades:
- Gestionar la incorporación de la función de integridad en la entidad, bajo los lineamientos de la Secretaría de Integridad Pública.
- Supervisar la adecuada implementación del modelo de integridad y de las normas, lineamientos, protocolos y herramientas de integridad.
- Asegurar que se cuente con los recursos necesarios para el ejercicio de la función de integridad.
- Impulsar y asegurar las condiciones para la implementación de la cultura de integridad en la entidad.
- Evaluar y gestionar las propuestas de mejora sobre incorporación de la función de integridad en la entidad
- Participar en la Red de Integridad en el ámbito local.
Órgano que ejerce la función de integridad
Es la unidad de organización responsable de ejercer la función de integridad en la entidad, la cual consiste en asegurar:
i) la implementación del modelo de integridad.
ii) el desarrollo de mecanismos dirigidos a promover la integridad.
iii) la observancia e interiorización de los principios vinculados con el uso adecuado de los fondos, recursos, activos y atribuciones de la función pública. En ese sentido, se encarga de conducir y dirigir medidas destinadas a fortalecer una cultura de integridad.
Le corresponde las siguientes responsabilidades:
- Representar a la unidad de organización que ejerce la función de integridad.
- Promover y asegurar el desarrollo y las estrategias de la implementación del modelo de integridad.
- Mantener la relación técnico-funcional con la Secretaría Integridad Pública sobre el ejercicio de la función de integridad.
- Informar directamente los avances de implementación del modelo de integridad al titular de la entidad y a la máxima autoridad administrativa de la entidad.
- Garantizar el cumplimiento de las funciones de integridad en su entidad
- Impulsar acciones de articulación y coordinación en el ámbito local.
- Brindar asesoramiento y asistencia técnica a la Alta Dirección y los servidores para la implementación del modelo de integridad.
- Proponer a la máxima autoridad administrativa las oportunidades de mejora para la incorporación de la función de integridad.
Órganos y unidades orgánicas que participan en el fortalecimiento de la cultura de integridad
Son las unidades de organización que, por competencias y funciones, participan en el fortalecimiento de la cultura de integridad, para lo cual, desarrollan las siguientes acciones:
- Participar en las actividades que organice, conduzca o desarrolle el órgano que ejerce la función de integridad para fortalecer una cultura de integridad.
- Ejecutar las acciones de integridad y lucha contra la corrupción, según corresponda.
- Ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo del modelo de integridad, según corresponda.
Proporcionar la información y documentos requeridos por el órgano que ejerce la función de integridad, para dar cumplimiento a lo dispuesto en las normas.
Ógano que ejerce la función de integridad - Oficina de Integridad Institucional
El órgano que ejerce la función de integridad en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres es la Oficina de Integridad Institucional, órgano incorporado en el organigrama y consiguientemente en el ROF de la entidad, aprobado con la Ordenanza N° 552-2024/MDSMP de fecha 27/06/2023.
El señalado ROF en su Artículo 46° detalla sobre la Oficina de Integridad Institucional, estableciendo que la Oficina de Integridad Institucional, es el órgano de apoyo de la Alcaldía encargado de monitorear y evaluar el cumplimiento de las políticas de integridad y ética institucional con el fin de garantizar la continuidad, calidad y mejora de la prestación de servicios. Está a cargo del Oficial de Integridad Institucional quien depende jerárquica y funcionalmente del Alcalde.
La presente incorporación y ejercicio de la función de integridad en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres cumple con las directrices de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, aprobada con la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP de fecha 29/02/2024.