¿Cómo calcular el monto a pagar del impuesto predial si soy pensionista o adulto mayor?
Si es un pensionista o adulto mayor que reúne los requisitos previstos para acceder el goce del beneficio de deducción previsto en el artículo 19 de la Ley de Tributación Municipal, corresponde restar el valor de 50 UIT S/ 267,500.00 de la base imponible. Si la base imponible no supera este último valor, el impuesto será igual a S/ 0.00 . Si la base imponible supera el valor de 50 UIT, sobre la diferencia se calculará el impuesto:
Ejemplo 1: autovalúo no supera las 50 UIT
- Autovalúo: S/ 173,500.00
- Deducción 50 UIT: S/ 267,500.00
En este caso, si restamos a S/ 173,500.00 el monto de S/ 267,500.00 al ser el monto a deducir mayor al autovalúo, el impuesto a pagar será S/ 0.00 .
Ejemplo 2: autovalúo supera las 50 UIT:
- Autovalúo: S/ 334,750.00
- Deducción 50 UIT: S/ 267,500.00
- Diferencia: S/ 77,250.00
En este caso, si restamos el monto de S/ 267,500.00 al autovalúo, la diferencia será S/ 77,250.00 que será el valor sobre el cual se calcule el impuesto predial.
para más información envía un correo electrónico a alogat@msb.gob.pe o llama al 6125555, anexo 210, en el horario de lunes a viernes de 8:10 a. m. a 5:30 p. m. o sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.