Cómo solicitar el Registro de un Lactario Institucional

Decreto Supremo N° 023-2021-MIMP

Apruébese el Reglamento de la Ley N° 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna, el cual consta de ocho (8) capítulos y veintisiete (27) artículos, que en anexo forma parte del presente Decreto Supremo. La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, en el caso de las instituciones públicas, se financia con cargo a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES:

Primera.- Aprobación de documentos técnicos El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprueba los documentos técnicos que resulten necesarios para la implementación del presente Decreto Supremo.

Segunda.- Uso de los lactarios durante estados de emergencia y emergencia sanitaria Los lactarios institucionales no pueden ser destinados a otros fines durante la vigencia de un estado de emergencia o emergencia sanitara, a fin de garantizar su inocuidad y su uso adecuado por las madres lactantes que lo requieran, conforme al presente Decreto Supremo.

Tercera.- Compatibilidad con las normas laborales vigentes La aprobación del presente Decreto Supremo es compatible con las normas de protección laboral de mujeres embarazadas y madres lactantes durante la emergencia sanitaria nacional.

Requisitos

Formatos y Modelos solicitados para el registro de un Lactario Institucional:

1. Modelo de Carta, solicitando el registro de su lactario

2. Formato: Información del Lactario

3. Modelo de Registro Fotográfico

4. Modelo de Directiva Interna

5. Modelo de Convenio de uso compartido

Modalidad: Presencial

Hazlo en 2 pasos:

1. Descarga y llena los Formatos y Modelos solicitados para el registro de un Lactario Institucional

Descargar Documentos

2. Dirígete a la sede central del MIMP

Presenta los Formatos y Modelos solicitados para el registro de un Lactario Institucional. Acércate a la mesa de partes, ubicada en Jirón Camaná 616, Cercado de Lima, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 16:00 p. m., y presenta tus documentos. Recibirás un número de expediente, con el cual podrás consultar el estado de tu trámite.

Si necesitas más información, puedes llamar al teléfono (01)6261600, anexos 1925 y 1926 para mesa de partes o anexo 1931 y 1932 para consulta de expediente.

Importante

En caso de implementación, traslado, reubicación o cierre de un servicio de lactario institucional, la comunicación se efectúa dentro los 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de acontecido el hecho, artículo 16 del D.S. 023-2021-MIMP.

Se sugiere cumplir con las condiciones mínimas para la implementación del lactario, la ubicación, acciones para el funcionamiento del servicio, designación de la persona que asumirá las funciones de Coordinación del Lactario y demás aspectos que señala que el D.S. 023-2021-MIMP. Todas las comunicaciones serán registradas y remitidas directamente a la SUNAFIL o SERVIR, según se trate de un centro de trabajo de una institución pública o privada, a efectos que la autoridad realice la fiscalización correspondiente.