Procuraduría Pública

Es el órgano de defensa jurídica, encargado de la ejecución de todas las acciones que conlleven a garantizar los intereses y derechos de la municipalidad.

FUNCIONES DEL PUESTO

  • Formular, ejecutar y evaluar el plan de cumplimiento de defensa jurídica.
  • Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con defensa de los intereses y derechos de la municipalidad, asumiendo su plena representación en todos los procesos judiciales iniciados o por iniciar de los procesos civiles, contenciosos administrativos y penales ante el poder judicial y el ministerio público, en todas sus instancias.
  • Coordinar permanentemente con el consejo de defensa jurídica del estado sobre los alcances de las normas y los avances de los procesos judiciales en marcha.
  • Asesorar a todos los órganos de la municipalidad en asuntos de carácter judicial relacionado con la defensa institucional y de sus funcionarios involucrados.
  • Intervenir en la diligencias e investigaciones previas promovidas, tanto a nivel policial como el ministerio público en las denuncias contra la municipalidad.
  • Dar inicio a los procesos judiciales en contra de los funcionarios, exfuncionarios, servidores, exservidores o terceros, cuando se haya encontrado presunta responsabilidad civil y/o penal, con la autorización previa del consejo municipal.
  • Informar permanentemente a la alcaldía y a la gerencia municipal sobre el estado de los procesos judiciales a su cargo.
  • Proporcionar la información los datos y la cooperación que le sean requeridas por otras dependencias, o entidades con arreglo a la disposiciones legales y políticas establecidas.
  • Requerir el auxilio de la fuerza pública a través de gerencia municipal para el mejor desempeño de sus funciones.
  • Coordinar oportunamente con la oficina de asesoría jurídica en los asuntos de su competencia.
  • Proponer recomendaciones administrativas en relación a aquellas practicas municipales que puedan presentar riesgos de judicialización y generación de responsabilidades civiles y/o penales en función de las causas en las que patrocina a la municipalidad.
  • Solicitar informes, antecedentes y el apoyo de cualquier entidad pública, así como a todos los organismos del sector justifica para el ejercicio de su función.
  • Requerir a toda institución publica la información, documentos, antecedentes e informes necesarios y colaboración para la defensa jurídica de la municipalidad, fundamentando su pedido en cada caso. El requerimiento de copias certificadas o literales de documentos que sean necesarios para ser presentados en procesos judiciales en los que el estado es parte, no genera pagos o tasas, derechos administrativos o cualquier otro concepto que implique pago alguno entre entidades de la administración previsto en la ley N.º 27444 ley de procedimientos administrativo general.
  • Solicitar conciliaciones en los casos que señale la ley y proceder a demandar o iniciar procesos arbitrales cuando se hubieran o se pudieran afectar derechos de municipalidad.
  • Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades, asi como aquellos que les sean señalados por delegación o les corresponda por suplencia.
  • Organizar conversatorios, reuniones de trabajo, mesas de trabajo y similares para tratar asuntos técnicos legales relacionados con la defensa jurídica del estado.
  • Promover y coordinar la participación ciudadana en la actividad de la prevención del delito a fin de lograr la procuración de justicia.
  • Proponer, impulsar e implementar las mejoras e inversiones en los procesos, procedimientos y normatividad interna de la unidad orgánica, en coordinación en la oficina de planeación y presupuesto responsable de las funciones en materia del sistema administrativo de racionalización.
  • Las demás competencias, atribuciones y funciones que se deriven del consejo de defensa jurídica del estado y la alcaldía, asorden a la ley orgánica de municipalidades.
  • Registrar en el aplicativo de economía y finanzas sobre situación de los procesos judiciales, sentencias, reparaciones civiles.
  • Otras que establezca el despacho de alcaldía.