Farmacovigilancia y Tecnovigilancia

El Hospital de Rehabilitación del Callao de acuerdo a la NTS Nº 123–MINSA/DIGEMID-V.01- Norma Técnica de Salud que regula las actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, dispone de un Comité de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia el cual esta conformado con la Resolución Directoral N° 084-2023-GRC/HRC/DE, con la finalidad de contribuir al uso seguro de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios a través de la Farmacovigilancia y Tecnovigilancia.

1.1 OBJETIVO GENERAL

Establecer actividades relacionadas a la detección, evaluación, comprensión y prevención de los efectos adversos de los medicamentos, así como los incidentes adversos a dispositivos médicos y/o cualquier otro problema de salud relacionado con ellos.

1.2 OBJETIVO ESPECIFICOS

  • Promover el llenado del reporte de sospecha de reacciones adversas e incidentes adversos a dispositivos médicos por parte de todos los profesionales de la salud del Hospital de Rehabilitación del Callao.
  • Elaborar, establecer e implementar procedimientos para la correcta notificación, evaluar, registrar y remitir las sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos.
  • Identificar efectos adversos y cuantificar el riesgo asociado a un determinado fármaco.
  • Realizar supervisiones inopinadas a los servicios, para verificar las Buenas Prácticas de Almacenamiento y farmacovigilancia.