Cobrar cheques en el Banco de la Nación como representante de persona jurídica

Si eres el representante de una persona jurídica y debes cobrar su cheque en el Banco de la Nación, deberás acreditar tu condición de manera presencial en el mismo banco.

Consideraciones

  • Para el pago de cheques girados a favor de personas jurídicas, los cheques no deben tener a simple vista raspaduras, adulteración, enmendaduras o falsificación en cuanto a su numeración, fecha, cantidad, nombre del beneficiario, firma del emitente, líneas de cruzamiento, cláusulas especiales o cualquier otro dato esencial.
  • Si el beneficiario es una persona jurídica, no es admisible que se señale más de una persona como beneficiaria del cheque, salvo que sea para su abono en una cuenta bancaria cuyos titulares sean conjuntamente las mismas personas beneficiarias del cheque o que el co beneficiario sea un banco.
  • Cuando un cheque esté girado a favor de dos o más personas con cláusula “y”, su endoso, o en su caso su pago, debe entenderse con todas ellas; mientras que si se utilizan las cláusulas “y/o” u “o”, cualquiera de ellas o todas juntas tienen tales facultades. A falta de estas cláusulas, se requerirá la concurrencia de todos los beneficiarios señalados en el cheque.
  • Tampoco se aceptarán para su pago, los cheques girados a la orden de algún Organismo del Sector Público Nacional o Gobierno Regional o Local, en cuyo caso se deposita en su cuenta corriente.
  • Que en el cheque se consigne el nombre del beneficiario tal como figura su razón social en el Testimonio de Constitución de la empresa.

Horario de atención para pagos de cheques

De lunes a viernes:

  • Los cheques recepcionados de 8:30 a. m. a 12:00 p. m. serán atendidos el mismo día de 2:00 p. m. a 5:30 p. m.
  • Los cheques recepcionados de 12:00 p. m. a 5:00 p. m. serán atendidos al día siguiente hábil de 8:30 p. m. a 12:00 p. m.

Sábados: Los requerimientos de pagos de cheques que se presenten los días sábados, serán atendidos al día siguiente hábil de 8:30 a. m. a 12:00 p. m.

Requisitos

  • Vigencia de Poder original expedida por Registros Públicos con una antigüedad no mayor de 10 días útiles para el caso de Lima, o 15 días útiles para el caso de provincias.
  • Copia simple del testimonio de constitución de la empresa donde se aprecie la designación del representante legal y el régimen de poderes (en caso la designación del representante legal y sus facultades se encuentren señalados en otro acto, deberá presentar el Acta en copia simple).

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Acércate a una agencia del banco

En Lima Metropolitana y Callao, dirígete a la Agencia del Jockey Plaza o Agencia 1 San Isidro. En provincias, acércate a cualquiera de las agencias del Banco de la Nación dentro del ámbito nacional, en el horario de atención establecido, y que cuenten con un Asesor Legal Externo.

2. Paga el estudio de poderes

Presenta los requisitos al personal de atención del banco y realiza el pago de S/ 100.00 por el estudio de poderes.

3. Recibe el pago

Este examinará la validez de los documentos. De estar todo conforme, recibirás el monto señalado en el cheque.