Transparencia en la formalización minera pequeña y artesanal

Registros RNDC y RS

En el proceso de formalización de la actividad minera se cuenta con el Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos (RNDC), que funciona para todas aquellas personas naturales o representantes de personas jurídicas que presentaron su declaración de compromisos en el marco del Decreto Legislativo N° 1105.

Asimismo, el Registro de Saneamiento (RS) es de utilidad para los que se encuentren en proceso de formalización y que obtuvieron su Registro Único de Contribuyente (RUC).

Transparencia en el proceso de evaluación

Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (Igac)

Para evaluar los expedientes de formalización minera existe la Ventanilla Única en Línea. Este sistema de información busca la atención y gestión en línea de los procedimientos de formalización de la actividad minera. Asimismo, busca agilizar los trámites en tiempo real que anteriormente eran tramitados de manera presencial ante diferentes entidades participantes, como la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp).

Si deseas formalizarte, presenta el expediente Igac al gobierno regional de tu localidad, que será escaneado y subido por la entidad en el Sistema de Información Ventanilla Única. Una vez que el expediente se encuentre en el sistema, los sectores competentes tendrán acceso al expediente para la emisión de su opinión de forma automática. El Sernanp en los casos relacionados a una Área Natural Protegida y el ANA en los casos vinculados al recurso hídrico del agua.

Ten en cuenta que los mineros en proceso de formalización tienen acceso a conocer el estado de evaluación de su expediente a lo largo del proceso accediendo al sistema en línea con la clave que es entregada en el momento de la recepción del expediente por el Gore.

Autorización de inicio o reinicio de actividades mineras

A fin de culminar su proceso de formalización, el minero informal debe presentar el expediente de autorización de inicio o reinicio del desarrollo de la actividad minera. Este será recibido y evaluado por el gobierno regional local y, a su vez, será subido al Sistema de Información Ventanilla Única. Luego, la Dirección General de Formalización Minera estará a la espera del informe emitido por el gobierno regional que corresponde a la evaluación del expediente.

El informe de evaluación del expediente será subido al sistema de información y la Dirección General de Formalización Minera revisará el informe y expediente en línea a fin de emitir la opinión favorable que dicta el artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1105.

Recuerda que tendrás acceso al expediente durante todo este proceso.

Reporte del proceso de formalización para gobiernos regionales

Los Gores deben reportar el avance de dicho proceso de acuerdo a la segunda disposición complementaria del Decreto Supremo N° 043-2012-EM.

A fin de ordenar y dar publicidad al avance, se ha creado un reporte mensual en línea que contiene la misma información que es ingresada a través del Sistema de Información Ventanilla única, otorgándole una clave de acceso al director o gerente de cada gobierno regional.