Sistema de Control Intern

¿QUÉ ES EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO (SCI)?

Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizadas e instituidas en cada entidad del Estado, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestion eficaz, eficiente, ética y transparente

ENTIDADES OBLIGADAS

¿QUÉ ENTIDADES DEL ESTADO DEBEN IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO CON LA DIRECTIVA N° 006-2019-CG/INTEG?

Las entidades del Estado señaladas en el artículo 3 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

EXCEPTUADAS:
  • El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE y las empresas que se encuentran bajo su supervisión.
  • La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS y las entidades financieras que se encuentran bajo su supervisión.

OBJETIVOS

OBJETIVOS DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

  • Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado, contra todo hecho irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos.
  • Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información.
  • Promover que los funcionarios y servidores del Estado cumplan con rendir cuentas por los fondos y bienes públicos que administra.
  • Promover y optimizar, la eficiencia, eficacia, ética, transparencia y economía de las operaciones de la entidad, y la calidad de los servicios públicos que presta.
  • Cumplir la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.
  • Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.

RESPONSABLES

PLAZOS

NORMATIVA

En esta sección se muestra la normativa emitida con relación al Control Interno y que es de aplicación para todas las entidades públicas.

NORMATIVA ESPECÍFICA