Reseña histórica de la ciudad de Chiclayo

HISTORIA DE CHICLAYO

Las huacas del entorno de Chiclayo existieron hasta el año 1904 según las investigaciones y escritos por el historiador Sr. Lorenzo Huertas acerca de estos monumentos arqueológicos. De tal manera que la existencia de estas huacas nos dan un indicador que podemos decir con propiedad, que Chiclayo fue un “gran centro administrativo pre hispánico”. Chiclayo nace de las etnias de Cinto y Collique, lo sustentan investigadores de la talla de Enrique Brüning, Marco Cavero, Lorenzo huertas, Walter Sáenz y Antonio Raimondi; Ricardo Miranda y Carlos Bachmann afirman que fue “fundada” por el cacique Juan Chiclayo. Luís Arroyo sugiere que la existencia de Chiclayo se debe a la fundación del convento e Iglesia Franciscana Santa María de los Valles de Chiclayo. La ciudad de Chiclayo carece de fundación española, fue una reducción de Indígenas, conformada por Cinto, Collique y San Miguel de Farcap. Chiclayo alcanza su independencia el 31 de Diciembre del año 1820. “(…) De sus puestos, todos su Libertad e Independencia del modo que les parezca más cómodo manifestar a la luz pública su felicidad y gozo todo”. Este trozo del acta fue suscrita por Antonio Chimpén y Joaquín Farro, regidores indígenas y por Felipe Torres, Valentín Castro, regidores españoles y Santiago de Burga, alcalde de la ciudad.

ACTA DE LA INDEPENDENCIA JURADA EN CHICLAYO (31 DE DICIEMBRE DE 1820)

En el pueblo de Santa María, Valle de Chiclayo, Partido de Zaña, a 31 de Diciembre de 1820, primero de su libertad, el muy ilustre ayuntamiento junto y congregado en su sala consistorial, como lo hace de costumbre para tratar lo conveniente acerca del nunca bien ponderado júbilo de que están penetrados los vecinos y moradores de ambos sexos, calidad, y estado a cerca de la plausible noticia que nos han comunicado Don José Leonardo Ortiz y Don Francisco Remón, relativas haberse firmado el día de la Libertad e Independencia en Lambayeque capital de este partido, a cuya emoción gloriosa proclaman con unanimidad de todos que no se retarden a este acto ni por un momento. El señor don Francisco Burga, Alcalde de primera nominación presente, acordó que compareciesen los ciudadanos Ortiz y Remón con las cartas originales que motivaban la solicitud del pueblo y habiendo verificado se leyeron en altas y claras voces, y resolvió la corporación se agreguen al acta y a las proclamaciones vecinas, que no desocupen la plaza mayor con repetidas vivas y se les reconociesen el juramento por lo que instaban poniéndolo cada uno en su parte que contribuyan a hacer esta diligencia impetuosa cual conviene a las circunstancias, y gloria de ella confirmándose después según el resultado, el tenor de esta acta que se suscribe con ese fin.

Cuando la corporación se presentó al margen de la plaza, el pueblo esperaba con impaciencia al paso que crecía en su feliz entusiasmo, y formaba un circulo bien reducido para la multitud de vecinos, testificaron su pretensión sobre que se les tuviese el debido pensamiento, y entonces el señor Presidente les hizo la siguiente pregunta: “Señores: ¿Juráis por Dios nuestro señor, y los Santos evangelios, ser independientes, guardando y cumpliendo nuestras ordenanzas que nos dirijan por las autoridades superiores constituidas por la Patria a que deben ser Fieles? Uniformemente refundieron con exclamación ¡Sí juramos y a ello les digo que Nuestro Señor, Si así lo hiciereis, Dios os ayude y si por el contrario, Os lo demande”.

Aún no pudo fácilmente restituirse a su Sala el Cabildo como apetecía para que la pública gloria a que están rendidos y los altos vivas que hicieron a la patria por su Libertad e Independencia le impedía el paso pero, por último logró su objeto, y por su parte el señor Presidente en manos de sus Consorcios, dijo: “¡Juro por Dios Nuestro Señor a la causa de mi espada y a los Santos Evangelios, ser independiente guardar. y cumplir fielmente las Ordenes que me dirigen por las autoridades superiores constituidas por la Patria a las que me obligo a ser fiel!” A cuyo juramento los individuos de esté cuerpo no pudieron ser indiferente al voto de que se sentían animados y dándoles las gracias imitaron los vivas al pueblo.

Después de concluir este acto, recobrado el cuerpo a su primera circunspección con lo que se levanto esta acta, el Señor Presidente se puso en pie y dijo a sus socios: ¿Juráis por nuestro Dios, Nuestro Señor y los Santos Evangelios se independiente, guardando cumplimiento y haciendo guardar y cumplir las ordenes que se nos dirijan por las autoridades superiores constituidas por la Patria a que debéis ser fieles? respondieron ¡Sí, juramos!, se le repuso por nuestro otro Señor Presidente, si así lo hiciereis Dios Os ayude; y si por lo contrario Os lo demande”.

Luego abocado el pueblo a las puertas de esta sala presenciaron que habiendo, no se había constituido muchas autoridades, convenía a la conservación de sus intereses y buen orden, que las existencias continuasen interinamente mientras el gobierno superior resuelva lo que crea mas justo y que por nuestro jefe velar para los casos en que se necesiten podía se eligiese para lo necesario como luego se elegía a don José Leonardo Ortiz.

Discutido esto después de mandato revisar, se determinó que se definiese ambos propósitos, y que lo respectivo el cargo se le confiaba a Ortiz y aprobaba por nuestra parte lo mismo desde luego que ese día dándose cuenta con testimonio de esta acta a la autoridad superior de Lambayeque, Capital del Partido, a fines de que resuelva lo que parezca conveniente y se instruya de todo el mérito de esta acta.

Ordeno también que el señor Don Pedro de las Muñecas se le den las gracias por la prontitud con que de un modo oficial remitió las noticias de haberse celebrado la jura en Lambayeque a la hora en que se señala en sus dos cartas reconocidas.

Por consiguiente, que para ser más solemne tan gloriosa diligencia se publiquen por nuestro bando durante tres días continuos, iluminen sus casas y a correspondencia del rango. De sus puestos, todo su Libertad e Independencia del modo que las parezca mas cómodo manifestar a la luz pública su fidelidad y gozo todo; todo sin perjuicio de acomodarse. Este congreso después cuanto corresponde por una parte a dar gracias a Dios por nuestro sí, y a nombre de sus convecinos por nosotros del beneficio recibido.

En este estado, sin disolverse la junta, una posta condujo a Lambayeque un pliego que lo reconocido confirma en todo, y por todo la noticia impartida por el caballero Muñecas, y se ha resuelto que lo agregado a este libro se conteste como esta mandado con copia de esta acta, que la suscriban lo señores socios, conmigo el secretario: Santiago Burga, Pedro Balza; son igualmente: José Navarrete, Cornelio Miranda, Antonio Chimpén, Tiburcio Morante, Antonio Valdivia, Joaquín Farro, José María Diez Torres, Felipe Torres Zaña, Felipe Valentino Castro, José Gabriel Udines y José Domingo Casanova.

En lo político, también seguía avanzando el pueblo de Chiclayo y por la Ley del 12 de Noviembre de 1827 se convirtió en villa:

El texto de la ley es el siguiente:

DECRETO DE ELEVACION DE PUEBLO A VILLA

“El ciudadano Presidente de la República, Encargado del Poder Ejecutivo.

POR CUANTO:El Congreso ha sancionado lo siguiente:

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ.

DECRETA:

Artículo Único: EL PUEBLO DE CHICLAYO PERTENECIENTE A LA PROVINCIA DE LAMBAYEQUE DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, SE DENOMINARA VILLA.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para que se disponga lo necesario a su cumplimiento mandándolo imprimir, publicar y circular.

Dado en la casa del Congreso en Lima a 5 de noviembre de 1827

Tomás Dieguez: Presidente

JUAN ANTONIO TAVARA: Diputado Secretario.

POR TANTO:

Ejecútese, guárdese y cúmplase.

Dado en el Palacio del Supremo Gobierno, en Lima a 12 de Noviembre de 1827. JOSÉ DE LA MAR

Por orden de Su Excelencia F.J. MARIÁTEGUI.

ELEVACION DE VILLA A CIUDAD

En 1835, se declara Ciudad a la Villa de Chiclayo con el nombre de HEROICA, de acuerdo al siguiente Decreto:

"Abril 15 de 1835

SE HA SERVIDO EN ESTA FECHA DECLARAR CIUDAD A LA VILLA DE CHICLAYO CON EL RENOMBRE DE HEROICA; EN ATENCIÓN A LOS GRANDES SERVICIOS QUE PRESTO EN LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Y A LOS NO MENOS DISTINGUIDOS QUE HA HECHO A LOS RESTAURADORES DE LA PATRIA".

Estado Mayor General cerca de Su Excelencia el Jefe Supremo.

Cuartel General en Chocope, Abril 15 de 1835.

AL CORONEL PREFECTO DEL DEPARTAMENTO.

SEÑOR CORONEL: S.E. el General Jefe Supremo de la República atendiendo a los muy distinguidos servicios que la Villa de Chiclayo ha hecho a la causa de la Independencia, Libertad y Honor del Perú, se ha servido declararla CIUDAD; y para que tenga U.S. el debido conocimiento, lo comunico a U.S.

Dios guarde a Ud. Señor Coronel Prefecto

J. ILDEFONSO COLOMA.

CREACION DE LA PROVINCIA

Inmediatamente después, el 18 de Abril del mismo año, se crea la Provincia de Chiclayo, por orden de Salaverry, de acuerdo al siguiente dispositivo Legal:

Abril 18 de 1835.

SE CREA UNA PROVINCIA DENOMINADA CHICLAYO, CUYA CAPITAL SERÁ LA CIUDAD DE ESTE DISTRITO DICHA PROVINCIA SE COMPONDRÁ DE CHICLAYO, PICCI, REQUE, MONSEFÚ, ETEN, ZAÑA, PUEBLO NUEVO, GUADALUPE, JEQUETEPEQUE, CHEPÉN Y SAN PEDRO, DISTRITOS PERTENECIENTES HASTA EL DÍA A LAMBAYEQUE; TOCMOCHE, CACHEN Y LLAMA, QUE SE DESMEMBRAN DE CHOTA Y LA TRINIDAD QUE SE SEPARA DE CAJAMARCA

SALAVERRY.

POR ORDEN DE S.E.- JOSÉ DOMINGO ESPINAR.