Financiamiento Privado
El financiamiento privado de las organizaciones políticas está constituido por las cuotas y pueden recibir recursos procedentes de la financiación privada, constituidas por las cuotas y aportes de sus afiliados, por los ingresos resultantes de sus actividades, por los rendimientos patrimoniales, créditos que concierten, donaciones y otros ingresos, con el propósito que estos sean utilizados en sus actividades de funcionamiento ordinario y de campañas durante los procesos electorales en que participen, de acuerdo a las condiciones previstas en la Ley de Partidos Políticos y en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
Los partidos políticos NO pueden recibir aportes de:
- Cualquier entidad de derecho público o empresa de propiedad del Estado (ejemplo: gobiernos regionales, ministerios, etc.) o con participación de éste.
- Confesiones religiosas de cualquier denominación (ejemplo: Iglesia Católica, Iglesia Evangélica, etc.)
- Partidos políticos y agencias de gobiernos extranjeros. Estos podrían aportar excepcionalmente, cuando los aportes estén destinados a la formación, capacitación e investigación.
- Los partidos políticos NO pueden recibir financiamiento de personas o empresas dedicadas a actividades ilícitas, como el narcotráfico, la minería ilegal, el tráfico de personas, terrorismo, etc.
Infórmate más en las siguientes páginas:
- Claridad: verificación y control
- Aportes limpios (2005 - 2018)
- Incumplimientos (2005 - 2018)
- Tarifas para la contratación de publicidad política (2018 y 2020)
- Infracciones y sanciones (2011 - 2015)
- Histórico de información financiera de campañas electorales (2011 - 2017)
- Histórico de Verificación y Control
Cronogramas
Información Financiera Anual (IFA)
- 2023: Resolución Jefatural N° 000098-2024-GSFP/ONPE
- 2022: Resolución Jefatural N° 000500-2023-GSFP/ONPE
- 2021: Resolución Jefatural n.° 2093-2022-JN/ONPE
- 2020: Resolución Jefatural N.° RJ-143-2021-JN
- 2019: Resolución Jefatural N.° RJ-311-2020-JN
- 2018: Resolución Jefatural N.° RJ-125-2019-JN
- 2017: Resolución Jefatural N.° RJ-082-2018-JN
- 2016: Resolución Jefatural N.° RJ-158-2017
- 2015: Resolución Jefatural N.° RJ-121-2016
- 2014: Resolución Jefatural N.° RJ-179-2015
Procesos electorales
- Elecciones Municipales Complementarias 2024
- Elecciones Complementarias Municipales 2023
- Elecciones Regionales y Municipales 2022
- Resolución Gerencial n.° 000002-2023-GSFP/ONPE
- Resolución Gerencial n.° 000001-2023-GSFP/ONPE
- Resolución Gerencial n.° 000493-2022-GSFP/ONPE
- Resolución Gerencial n.° 000458-2022-GSFP/ONPE
- Resolución Gerencial n.° 000403-2022-GSFP/ONPE
- Elecciones Generales 2021
- Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
- Elecciones Municipales Complementarias 2020
- Elecciones Municipales Complementarias 2019
Formatos
- Balance inicial (excel)
- Información financiera anual (zip)
- Información financiera de campaña electoral
- Organización política (zip)
- Candidatos a cargos de elección popular (zip)
- Consulta popular de revocatoria de autoridades municipales (zip)
- Balance de cierre (excel)