Solicitar la postergación de remate de bienes por deuda tributaria

Si, a raíz de una deuda, la municipalidad de tu localidad te ha notificado sobre el inicio de la ejecución forzada (remate) de tus bienes y has pedido la suspensión del procedimiento de cobranza coactiva, puedes solicitar su postergación.

También puedes solicitar la postergación de la diligencia del remate en caso de haber pedido la tercería de propiedad o la intervención excluyente de propiedad.

Ten en cuenta:

  • El procedimiento de cobranza coactiva inicia con la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC) al deudor tributario. En un plazo de 7 días hábiles después de la notificación, el ejecutor coactivo puede dictar medidas cautelares o iniciar el remate (ejecución forzada) de los bienes.
  • El remate no se suspenderá si se trata de bienes embargados que corren riesgo de deterioro o de pérdida, ya que en este caso se ordena el remate inmediato.

Requisitos

  • Solicitud simple dirigida al Alcalde.
  • DNI en físico
  • Documento que acredite la propiedad del tercero.
  • Copia de pago por servicios administrativos.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Realiza el pago

Dirígete a la caja central, ubicada en San Martín 35, Cusco, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., y paga S/ 50.00 por derecho de trámite. Guarda tu comprobante de pago.

2. Entrega tus documentos

Dirígete al Área de Trámite Documentario, que está ubicada en el mismo edificio, y entrega los requisitos junto con tu recibo de pago.

3. Recibe una respuesta

En un plazo máximo de 5 días hábiles, tu solicitud será atendida por el Ejecutor Coactivo. Regresa al Área de Trámite Documentario y recoge tu resolución de postergación o realiza el seguimiento a tu trámite.