DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera: El Organigrama Estructural y Funcional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Bigote, forma parte del presente Reglamento.

Segunda: El Manual de Perfil de Puestos (MPP), es el único documento, que describirá todas las funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el presente Reglamento de Organización y Funciones, así como en base a los procedimientos de cargos considerados en el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional (CAPP).

Tercera: La Oficina General de Planeamiento, Programación y Presupuesto, mantendrá actualizado el Reglamento de Organización y Funciones, para lo cual deberá incorporar en su programación anual las actividades correspondientes. El presente Reglamento de Organización y Funciones deberá ser modificado cuando se apruebe o modifique cualquier disposición que afecte directa o indirectamente la naturaleza, funciones, atribuciones y/o servicios que presta la Municipalidad.

Cuarta: El funcionamiento del Concejo Municipal y las Comisiones de Regidores, Concejo de Coordinación Local Distrital, la Junta de Delegados Vecinales será fijado en sus respectivos Reglamento de Organización interno.

Quinta: Todas las Gerencias emitirán resoluciones gerenciales, en primera instancia, en temas de su competencia.

Sexta: En base al presente Reglamento de Organización y Funciones se aprobarán el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional (CAPP), el Manual de Perfil de Puestos (MPP), Presupuesto Analítico de Personal y Clasificador de Cargos.

Séptimo: Crease la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores de Procedimientos Administrativos Disciplinarios adscrita a la Oficina de Recursos Humanos, a fin que desarrolle sus facultades y funciones establecidas en la Ley N° 30050, Ley del Servicio Civil, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GPGSG aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE.