ORGANOS CONSULTIVOS DE CORDINACIÓN
1.- Consejo de Coordinación Local Distrital: Es el órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital, encargado de coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. Está integrado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital, quien lo preside, y los regidores distritales, Alcaldes de los Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que señala la Ley Orgánica de Municipalidades.
Funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital: Son las siguientes:
a) Coordinar y concertar la formulación del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado, así como el
Presupuesto Participativo Distrital.
b) Proponer la elaboración de proyectos de inversión y de servicios públicos locales.
c) Proponer convenios de cooperación distrital para la prestación de servicios públicos.
d) Promover la formación de Fondos de Inversión como estímulo a la inversión privada en apoyo del desarrollo
económico local sostenible.
e) Otras que le encargue o solicite el Concejo Municipal Distrital.
2.- Junta de Delegados Vecinales Comunales: Es el órgano de coordinación integrado por los vecinos representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito y que se encuentran organizadas como juntas vecinales. También la integran las organizaciones sociales de base, vecinales o comunales, las comunidades nativas respetando su autonomía y evitando cualquier injerencia que pudiera inferir en sus decisiones, y por los vecinos que representan a las organizaciones sociales del distrito que promueven el desarrollo local y la participación vecinal.
Funciones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales: Son las siguiente:
a) Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversión dentro del distrito y centros poblados.
b) Proponer las políticas de salubridad.
c) Apoyar la seguridad ciudadana a ejecutarse en el distrital.
d) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de obras municipales.
e) Organizar los torneos y competencias vecinales y escolares del distrito en lo deportivo y cultural
f) Fiscalizar la ejecución de los planes de desarrollo municipal.
g) Otras funciones que se le asigne y corresponda.
3.- Plataforma Distrital de Defensa Civil: Es un espacio permanente de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación, que tiene por finalidad prevenir los daños que pudieran ocasionar los desastres naturales o provocados, socorrer a la población en situación de emergencia.
Funciones de la Plataforma Distrital de Defensa Civil: Son las siguientes:
a) Formular propuestas para la ejecución de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, con el
objetivo de integrar capacidades y acciones de todos los actores de la sociedad en el ámbito de su
competencia.
b) Convocar a todas las entidades privadas y a las organizaciones sociales, promoviendo su participación en
estricta observancia del principio de participación y de los derechos y obligaciones que la ley reconoce a estos
actores.
c) Proponer normas relativas a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación en el ámbito del distrito.
d) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Sistema de Defensa Civil.
4.- Comité Distrital de Seguridad Ciudadana: Es un órgano consultivo y de coordinación, tiene como objetivo formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar, supervisar y evaluar los mismos, en concordancia con la normatividad vigente.
Funciones de la Comité Distrital de Seguridad Ciudadana: Son las siguientes: Ciudadana:
a) Aprobar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana de la jurisdicción distrital, en concordancia
con las políticas contenidas en el Plan Nacional de Seguridad.
b) Dictar normas municipales sobre seguridad ciudadana a nivel de la jurisdicción.
c) Difundir las medidas y acciones sobre seguridad ciudadana y evaluar el impacto de las mismas en la
comunidad.
d) Promover la organización y capacitación de las juntas vecinales de seguridad ciudadana, procurando que
dichas actividades sean integradas.
5.- Comité de Administración de Vaso de Leche: Es el órgano responsable de la organización, conducción, control, supervisión y evaluación del período y oportuno proceso y seguimiento de las actividades del Programa del Vaso de Leche en el distrito y de lograr el objetivo de brindar alimentación complementaria a sectores de la población de escasos recursos dentro del marco de la Ley y sus normas.
Funciones del Comité de Administración de Vaso de Leche: Son las siguientes:
a)Planificar, organizar, dirigir y controlar en coordinación con la gestión de la administración del Programa del
Vaso de Leche.
b) El Comité de Administración coordina y aprueba con la Secretaría Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche el
plan de los empadronamientos (2 veces al año) de los beneficiarios, para determinar la población objeto del
Programa e informar dentro de los plazos establecidos a los Organismos autorizados.
c) El Comité de Administración solicita al Secretario Ejecutivo del Programa Vaso de Leche, la información
necesaria referente a la marcha del Programa del Vaso de Leche en las oportunidades que se requiera.
d) Cumplir y hacer cumplir oportunamente el Plan Operativo del PVL aprobado por el Concejo Municipal, siendo
responsables de sus objetivos y metas.
e) El Comité de Administración solicita al Comité Especial la información necesaria sobre los procesos de
Licitación Pública, urgencias u otras relacionadas con la adquisición de los insumos.
f) Controlar las actividades de evaluación y selección de los insumos del programa en base a criterios de los
valores nutricionales de los alimentos a proveer, condiciones de procesamiento, porcentaje de alimentos
nacionales, experiencia y preferencias de los consumidores beneficiarios del Programa Vaso de Leche.
g) Planificar, organizar, dirigir y coordinar los objetivos y lineamientos de política del Programa del Vaso de Leche
Distrital.
h) Planificar, organizar, dirigir y controlar en coordinación para los mecanismos de distribución mediante
documentos o formatos adecuados para dicho fin.
i) Lograr una adecuada infraestructura de adquisición, almacenamiento y distribución de tal manera de optimizar
la prestación de servicios de este Programa Social.
j) Los integrantes del comité ejercen funciones de acuerdo a lo que señalan las normas legales.
k) La supervisión y evaluación se realiza durante todas las etapas del proceso que sigue el Programa, con la
finalidad de garantizar que los beneficiarios reciban una atención de calidad, así como para medir el
cumplimiento de los objetivos y metas que cada Comité planificó.
l) Hacer cumplir los fines y objetivos del Programa de acuerdo a sus Leyes, Resoluciones y Convenios.
m) Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de
Leche y sus modificaciones convenientes.
6.- Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo: Es el órgano encargado de vigilar el cumplimiento de los
acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verificando que contenga proyectos priorizados, de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso.
Funciones del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo: Son las siguientes:
a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso de Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución
del Presupuesto Institucional, verificando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que
fueron asignados y acordados en el proceso.
b) Vigilar que la Municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras correspondiente a los
proyectos priorizados en el proceso participativo, a fin de facilitar la vigilancia.
c) Vigilara que los recursos de la Municipalidad destinados al Presupuesto Participativo de cada año fiscal sean i
invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
d) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos
de inversión, si los hubiera, incluidos en el proceso participativo.
e) Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para
desarrollar de forma adecuada las tareas de vigilancia.