Solicitar poder por escritura pública como persona natural en el extranjero

Si estás en el extranjero y necesitas otorgar las facultades de representación en el Perú a un tercero para realizar gestiones vinculadas con la transferencia de propiedad (muebles e inmuebles), actos judiciales, venta de acciones, constitución de empresas, rectificación de partidas de nacimiento, entre otros, debes solicitar un poder por escritura pública en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.

Mediante este poder podrás facultar a otra persona a:

  • Disponer de todos tus bienes.
  • Representarte en procesos judiciales.
  • Transferir propiedad (muebles e inmuebles).
  • Vender acciones.
  • Constituir empresas.
  • Rectificar partidas de nacimiento.
  • Otros actos previstos por ley y cuyos pagos o cobros que sean mayores de 3 UIT o S/ 16,500.00 .

Ten en cuenta que este poder no tiene una vigencia establecida, salvo que la estipules en el documento o lo revoques mediante otra Escritura Pública.

Requisitos

  • Documento de identidad original y vigente (DNI para ciudadanos peruanos, pasaporte o carnet de extranjería vigente para ciudadanos extranjeros).
  • Datos de la persona a la que quieres otorgar el poder (nombres, apellidos y número de documento de identidad).
  • Copia escaneada del DNI de la persona a la que quieres otorgar el poder.
  • Datos de la persona que hará el registro del poder en Registros Públicos (nombres, apellidos y número de documento de identidad), precisando si será en Lima o en alguna provincia en el Perú.
  • Minuta redactada por abogado peruano con la indicación de las facultades que deseas otorgar a través del poder.
  • Si eres una persona mayor de 75 años, debes adjuntar un certificado médico otorgado por neurólogo o psiquiatra que acredite el perfecto estado de su salud mental. Este certificado no exime al Cónsul de solicitar un examen de capacidad adicional.
  • En caso de otorgar un poder para compra, venta o donación de un bien inmueble, deberás contar con la copia literal de la inscripción del inmueble en los registros públicos emitida como máximo hace una semana.
  • En caso de otorgar un poder para compra, venta o donación de un vehículo, deberá contar con la tarjeta de propiedad del vehículo.
  • En caso de otorgar un poder relativo para separación o divorcio, contar con el acta original de matrimonio peruana.
  • En caso de otorgar un poder para sucesión intestada (declaratoria de herederos), contar con el acta original de defunción de la persona fallecida.
  • En caso de otorgar un poder para ampliar, aclarar o revocar un poder, contar con la ficha de registros públicos donde está anotado el poder que se quiere ampliar, aclarar o revocar.

Modalidad: Presencial

Costo

45.00 Soles Consulares(*) (a) 

10.00 Soles Consulares(*) (b)


(a) Aplicable únicamente cuando se trata de un poderdante y un apoderado.
(b) Aplicable por cada poderdante adicional.
(b) Aplicable por cada apoderado adicional.

Un sol consular equivale aproximadamente a un dólar americano. Para conocer mejor las equivalencias, revisa el listado de las Tarifas consulares.

Conoce más sobre los trámites y servicios del Consulado General del Perú en Houston.