Solicitar rectificación de acta emitida por las oficinas consulares

Si has registrado un hecho vital (nacimiento, matrimonio o defunción) ante la oficina consular del país donde te encuentras, y el acta contiene errores y omisiones atribuibles al registrador, puedes solicitar su rectificación gratuita en la misma sede donde realizaste la inscripción.

La solicitud de rectificación solo puede ser presentada por el titular del acta, sus padres, sus hermanos, su cónyuge o sus hijos. Asimismo, este trámite puede ser realizado por el apoderado, tutor o curador legal del titular, en caso de existir.

El proceso de rectificación no tiene costo, puedes solicitar una copia del acta con la anotación de rectificación, siguiendo el procedimiento de solicitud de copias certificadas emitidas por una oficina consular.

Requisitos

  • Solicitud de rectificación, debidamente llenada y firmada.
  • Documento de identidad.
    • Si eres ciudadano peruano, debes presentar tu DNI.
    • Si eres extranjero, debes presentar tu pasaporte, carnet de extranjería o algún otro documento que te identifique en el país en el que te encuentras.
  • Si eres el cónyuge, padre, hermano o hijo del titular, debes presentar el acta de nacimiento o de matrimonio que compruebe tu vínculo con el mismo.
  • Si eres el apoderado, tutor o curador legal del titular, debes presentar un poder o algún otro documento que acredite tu designación como tal.
  • Documentos de sustento que prueben el error.

Modalidad: Presencial

  • La solicitud de rectificación sólo podrá ser presentada por:
    • El titular del acta.
    • Los padres, hermanos, cónyuge, hijos del titular.
    • El Apoderado, tutor o curador del titular.
  • Una vez rectificada, el interesado podrá solicitar copia del acta con la anotación de rectificación igualmente podrá solicitar copia de la resolución consular de procedencia de la rectificación. En el caso de no ser procedente la solicitud, se genera una resolución consular de improcedencia.

Costo:

Gratis