Marco Legal

Electro Oriente S.A., se constituye con Resolución Ministerial N° 320-83-EM/DGE del 21 de diciembre de 1983, inscribiendo su Estatuto Social mediante escritura pública de fecha 25 de junio de 1984, en los Registros Públicos de Loreto en el Tomo 39, Folio 81, partida XIV y Asiento Nº 1.

La denominación con la cual fue constituida es de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro-Oriente S.A., sobre la base de la unidad operativa de Electroperú del Oriente y se consideró lo siguiente:

  • Que la Ley 23406 – Ley General de Electricidad promulgada el 28 de mayo de 1982, establece la nueva estructura del Sub-Sector Electricidad a la cual deberán adecuarse las actuales Empresas de Servicio Público de Electricidad.
  • Que dicha estructura está constituida fundamentalmente por la empresa matriz Electro-Perú S.A. y empresas regionales de electricidad, filiales de la mencionada empresa matriz.
  • Que las Empresas Regionales de Servicio Público de Electricidad filiales, de Electro-Perú S.A. ejercerán regionalmente todas las actividades referentes al servicio público de electricidad, en el área de responsabilidad que les asigne el Ministerio de Energía y Minas a propuesta de Electro-Perú S.A.
  • Que de acuerdo al artículo 48° del Reglamento de la Ley 23406 – Ley General de Electricidad aprobado por Decreto Supremo 031-82-EM/VM el 1° de setiembre de 1982, Electro-Perú S.A. ha solicitado al Ministerio de Energía y Minas la constitución de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente, con su área de responsabilidad que abarca los departamentos de Loreto y San Martín, aprobada en su Sesión de Directorio N° 513 de 24 de octubre de 1983.

Las actividades de Electro Oriente S.A., desde el 06 de noviembre de 1992, se sujetan a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas N° 25844 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM y las disposiciones modificatorias y complementarias.