Bono de Arrendamiento para Vivienda - BAV
Es un subsidio brindado por el Estado para el alquiler de viviendas e incentivar el ahorro en la población, que permita acceder a una vivienda y mejorar las condiciones de habitabilidad a nivel nacional.
Bono Renta Joven
El programa Renta Joven es una ayuda económica o subsidio que el Estado ofrece a ciudadanos entre los 18 y 40 años, para alquilar una vivienda cuyo costo mensual sea de S/ 890.00 y S/ 1,840.00 .
El Bono Renta Joven equivale al 0.118% de una UIT o S/ 631.30 , es otorgado durante 5 años y se divide en dos partes: un 70% para el pago del alquiler mensual; y un 30% que ayudará a los beneficiados a ahorrar para la inicial de un inmueble del programa Techo Propio o Mivivienda al culminar este subsidio.
Condiciones para postular
- Conformar un grupo familiar (GF) o un grupo no dependiente (GND).
- Un GF está conformado por un jefe de familia, de 18 a 40 años, y por familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o de primer grado por afinidad. Estos pueden ser:
- Hijos, hermanos menores de 25 años y hermanos mayores de 25 años con discapacidad.
- Abuelos y padres.
- Nietos menores de edad.
- Un GND está conformado por personas sin dependencia económica que pueden o no tener parentesco consanguíneo.
- Ser peruano y tener de 18 a 40 años.
- No superar el ingreso familiar o grupal mensual de S/ 3,715.00 .
- No ser propietario de viviendas, terrenos o aires independizados.
- No haber recibido apoyo habitacional o encontrarse postulando a otro programa por parte del Estado.
- No estar en el Registro de Deudores Judiciales Morosos.
Condiciones mínimas de la vivienda
- Contar con servicios básicos de agua, desagüe y electricidad.
- Contar con un ambiente multiuso, zona de dormitorio, un baño con puerta con lavatorio, ducha e inodoro.
- Contar con conformidad de obra y declaratoria de edificación.
Postulación
Se realiza previa convocatoria aprobada por resolución ministerial emitida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Registro del contrato
Una vez declarado el Grupo Familiar (GF) o el Grupo No Dependiente (GND) elegible se debe proceder a la firma del contrato en una notaría autorizada por el Fondo Mivivienda en el marco del Registro de Arrendamiento para Vivienda (RAV).