ORGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 11.- Dirección de la UGEL

El titular de la Unidad de Gestión Educativa Local es el funcionario con el mayor nivel jerárquico en su ámbito, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a ley. Es designado previo concurso Público convocado por la Dirección Regional de Huánuco. Es designado por tres años. Su permanencia o remoción está sujeta a evaluación por parte de la Dirección Regional de Educación con participación del Gobierno Regional, de acuerdo a norma específica sobre la materia que será expedida por el Ministerio de Educación, sus funciones es:

Formular y contribuir en los lineamientos de la política educativa y asistir a la formulación de la política educativa local.

Aplicar y concertar la aplicación de la normatividad educativa nacional, regional y local y emitir normas complementarias.

Conducir la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local y los Planes Operativos Anuales, en concordancia con el Consejo Participativo Local (COPALE).

Impulsar el proceso de descentralización de la gestión en las instituciones educativas, fortaleciendo su autonomía y participación.

Delinear estrategias para disminuir el analfabetismo y promover la ejecución de los programas estratégicos multisectoriales.

Identificar necesidades de capacitación de personal de la Sede y las instituciones educativas y desarrollar programas de formación continua.

Suscribir convenios, contratos y acuerdos con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, encaminadas a mejorar la calidad de la educación, la cultura el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología.

Impulsar el funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educación en coordinación con el gobierno local, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadano.

Orientar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto participativo de la sede institucional y las instituciones educativas de su jurisdicción.

Evaluar la gestión educativa de su ámbito adoptando las acciones preventivas y correctivas pertinentes. Asesorar y asegurar que las Instituciones Educativas cuenten al inicio del año escolar con su Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Reglamento Interno (RI) y el Informe Ejecutivo de Gestión Anual, Proyecto Curricular Institucional (PCI) y documentos de gestión respectivos..

Artículo 12.- El órgano de Dirección cuenta con personal para desarrollar las acciones de actas y certificados, trámite documentario e imagen institucional.

Capítulo VII

DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

Artículo 18.- Los órganos de línea son los responsables del cumplimiento de las

funciones sustantivas de la Unidad de Gestión Educativa Local. Están conformados

por el Área de Gestión Pedagógica y el Área de Gestión Institucional.

ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA

Artículo 19.- Tiene la responsabilidad de planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar las acciones pedagógicas y las relacionadas con el desarrollo de la cultura, la ciencia, tecnología, el deporte y la recreación en el ámbito local.

El Área de Gestión Pedagógica está conformada orgánicamente por 01 Jefe, 09 Especialistas en Educación, 01 Secretaria.

SON FUNCIONES DEL ÁREA DE GESTIÓN PEDAGÓGICA:

  • Difundir, orientar y supervisar la aplicación de la política normativa educativa nacional y regional en materia de gestión pedagógica, así como evaluar sus resultados.
  • Promover y facilitar los procesos de diversificación. desarrollo curricular y uso de materiales educativos.
  • Ejecuta programas de actualización y formación continua del personal directivo, docente y administrativo de las instituciones educativas.
  • Desarrollar y adoptar nuevas tecnologías de comunicación e información para fortalecer el sistema educativo con una orientación intersectorial.
  • Formular y ejecutar programas y proyectos de investigación, experimentación e innovación pedagógica y evaluar su impacto en la comunidad.
  • Incentivar la creación e implementación de centros de recursos educativos y tecnológicos que apoyen el proceso de aprendizaje.
  • Promover y ejecutar en coordinación con las instituciones educativas, estrategias de alfabetización, educación intercultural y programas estratégicos acordes con las características socio cultural y lingüísticas de cada localidad.
  • Desarrollar programas de prevención y atención integra! de bienestar social para los estudiantes en coordinación con los gobiernos locales e instituciones, públicas y privadas especializadas, dirigidos a la población en situación de extrema pobreza.
  • Formular proyectos de desarrollo educativo para captar recursos de cooperación técnica y financiera de la comunidad local , regional, nacional e internacional.
  • Promover y fortalecer centros culturales, bibliotecas , teatros , talleres de arte deporte y recreación en coordinación con los gobiernos locales y los organismos descentralizados , propiciando la participación de la comunidad.
  • Orientar, promover y supervisar que los centros de educación técnico productiva oferten servicios que tengan relación con los requerimientos del mercado y el desarrollo regional.
  • Cumplir en lo que corresponda con la aplicación de los reglamentos de los niveles y modalidades educativas teniendo como marco orientar la mejora permanente del servicio educativo.
  • Realizar las coordinaciones y las subsanaciones de acuerdo a lo establecido por los niveles de educación básica y la educación

ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL

Artículo 32.- Tiene la responsabilidad de planificar, organizar, dirigir y evaluar los asuntos relacionados con la formación de proyectos, planes estratégicos y presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, así como aspectos de gestión, fortalecimiento institucional, estadística e infraestructura educativa.

El Área de Gestión Institucional está conformada orgánicamente por un (01), Jefe de Área, un (01) Especialista en Planificador y Racionalización, un (01) Infraestructura, un (01) Estadístico, dos (02) Especialista en Finanzas, un (01), Técnico en SIAGE, un (01) especialista en informática, y una (01) Secretaria.

SON FUNCIONES DEL ÁREA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL :

  • Difundir, orientar y supervisar !a aplicación de !a política y normatividad educativa nacional, regional en materia de gestión institucional, así como evaluar sus resultados.
  • Formular y evaluar el proyecto educativo local y los planes educativos en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación.
  • Formular con la Dirección Regional de Educación de Huánuco, la creación, ampliación, modificación, traslado, clausura de instituciones educativas de Educación Básica, públicas y privadas.
  • Coordinar con la Dirección Regional de Educación de Huánuco, el funcionamiento de las instituciones educativas de educación superior.
  • Formular, aplicar y avaluar los instrumentos de gestión institucional : Reglamento interno, Manual de Organización y funciones, Manual de Procedimientos y otros.