RECOMENDACIONES PARA EL INICIO DE GESTIÓN: El PIA y su revisión

El presupuesto municipal expresado en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) es el instrumento de gestión financiera de la municipalidad y contiene la estimación de ingresos y la previsión de los gastos planificados para el ejercicio fiscal. Es uno de los principales instrumentos para la gestión municipal, especialmente para el inicio de las acciones de las nuevas autoridades electas y sus funcionarios, en ese sentido se recomienda en torno al cual se recomienda lo siguiente:

1. En el proceso de transferencia verificar la recepción del PIA debidamente aprobado y presentado a las instituciones que corresponden.

Uno de los primeros documentos a recibir por parte de la Comisión de Transferencia es el Presupuesto Institucional de Apertura, debidamente aprobado por al Concejo Municipal y con la documentación lista para su remisión a la Municipalidad Provincial (de ser una municipalidad distrital) o al Ministerio de Economía (de ser una municipalidad Provincial).

2. Realizar el estudio detallado del PIA a cargo de un Equipo de Trabajo coordinado por el funcionario responsable de presupuesto o quien haga sus veces.

La gestión entrante debe conocer el contenido pormenorizado del PIA: exposición de motivos, estructura de ingresos y de gastos, poniendo especial atención en el financiamiento de los proyectos de inversión, de los gastos corrientes y el pago de la deuda si lo hubiera.

El estudio del PIA debe permitir establecer un mapeo de cómo será el desempeño financiero de la municipalidad en el primer año de la nueva gestión.

De acuerdo al estudio el Equipo de Trabajo debe formalizar recomendaciones precisas respecto a posibles modificaciones presupuestarias realizar, así como los aspectos positivos y críticos de la gestión presupuestaria que se avecina.

3. Modificaciones presupuestarias estrictamente necesarias.

De acuerdo a las recomendaciones del Equipo de Trabajo y previa sustentación a las autoridades entrantes, el responsable del área de presupuesto formalizará mediante informe técnico las modificaciones presupuestarias que sean pertinentes y relevantes realizar. Para el caso se requiere también el informe legal y luego la aprobación formal de la Alcaldía o Concejo Municipal de ser el caso.

Base legal:

Sobre las modificaciones presupuestarias es necesario revisar los artículos 38 a 43 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley 28411.