Equipo de Transferencia del Titular Entrante o alcalde/sa electo/a

El Equipo de Transferencia del Titular Entrante (ETTE), es el órgano conformado y supervisado por el Titular Entrante para el proceso de Transferencia de Gestión conformado, como mínimo, por tres (3) personas que pueden ser funcionarios o servidores públicos de la entidad, bajo cualquier régimen laboral, contractual o de cualquier otra naturaleza y/o por ciudadanos,

Conformación

El/la alcalde/sa electo( Titular entrante) conforma al ETTE designando al Responsable y a sus integrantes, asimismo debe ser puesto en conocimiento al/la alcalde/sa saliente (Titular Saliente) la conformación del ETTE.

Conformado ETTE, el/la alcalde/sa electo/a realiza su solicitud de acceso en el aplicativo informático, y luego genera los accesos para el ETTE.

Funciones

a) Conformar la Comisión de Transferencia de Gestión

b) Revisar la información reportada en el Informe de Transferencia de Gestión, incluyendo la documentación del informe de Rendición de Cuentas por cese en el cargo.

c) Otras que se desprenden de la Directiva.

Por su parte, el responsable del ETTE debe:

· Firmar y registrar el documento de conformación del ETTE

· Firmar el Acta de Instalación de la Comisión de Transferencia de Gestión y el Acta de Transferencia de Gestión, y registrarlas en el aplicativo informático, hasta un (1) día hábil siguiente a la firma del Acta de Transferencia de Gestión

· Remitir el Acta de Transferencia de Gestión y el Informe de Transferencia de Gestión debidamente suscritos, a la Ofi cina General de Administración o a la que haga sus veces en la entidad para su archivo y custodia.

Instalación y registro

El/ la alcalde/sa entrante conforma el ETTE hasta tres (3) días hábiles siguientes de su designación o proclamación de resultados, según corresponda.

Asimismo, la Comisión de Transferencia de Gestión se instala hasta cinco (5) días hábiles siguientes de la conformación del ETTE.

Base legal:

Literal c, del subnumeral 7.2.2, del numeral 7.2 del artículo 7, subnumeral 6.4.4 del numeral 6.4 del artículo 6, numeral 5 del artículo 1 del anexo 1, de la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI, aprobada por RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 267-2022-CG