Presentar la oposición a establecimiento de servidumbre

Si como persona natural o jurídica estás en contra de un pedido de servidumbre que se encuentra en trámite ante la autoridad competente, puedes solicitar la oposición en el gobierno regional que corresponda.

Tu pedido debe estar fundamentado por el criterio de que la citada empresa no cumple con los aspectos técnicos necesarios o las respectivas normas de seguridad para acceder a la servidumbre.

La entidad verificará tu pedido y si procede te otorgará la resolución que resuelve la oposición de servidumbre.

Requisitos

  • Formato de solicitud que contenga tu identificación y domicilio legal. Si representas a una persona jurídica, agrega declaración jurada de representante legal, donde precises que gozas de las facultades requeridas. Señala tu nombre y número de documento de identidad, número de asiento de inscripción, partida registral y la zona registral donde consta inscrito.
  • Informe que contenga los argumentos y documentos que sustenten el incumplimiento de aspectos técnicos o de las normas de seguridad.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Presenta tu solicitud

Acércate a la mesa de partes de la Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos, ubicada en Jirón Piura 850, Tambopata, Madre de Dios, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m., y presenta tus documentos.

En ese momento, el funcionario verificará tu documentación y te orientará por si debes subsanar alguna observación.

Al finalizar, recibirás un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu solicitud escribiendo al correo electrónico mdedios@minem.gob.pe o llamando al teléfono (082)571108, dentro del horario de atención.

2. Paga tu trámite

Acércate a la caja de la entidad, que está ubicada en el mismo edificio, y cancela S/ 1,029.30 en efectivo por derecho de trámite. Guarda tu comprobante de pago.

3. Recibe la resolución

En un plazo máximo de 30 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la mesa de partes, en el horario de atención, y recoge tu resolución de extinción de servidumbre.

Si venció el plazo de atención y no obtienes respuesta, puedes interponer los recursos administrativos que consideres. Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para solicitar un recurso de reconsideración o apelación.