Renunciar a la autorización de generación termoeléctrica
Si representas a una empresa que quiere renunciar a su autorización para producir energía termoeléctrica en una región del Perú, debes solicitarlo al gobierno regional que corresponda.
Puedes hacer este pedido si la central termoeléctrica que representas se encuentra en condición de obsolescencia (fuera de uso o caducado). Este hecho debes comunicarlo a la institución pública con una anticipación no menor a 6 meses.
La entidad verificará tus requisitos y de no haber observaciones, te otorgará la resolución que acepta la renuncia que tiene una vigencia indeterminada.
Requisitos
- Formulario de solicitud dirigida a la Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos. Si representas a una persona jurídica, agrega declaración jurada de representante legal, indicando tu nombre y número de documento de identidad, y precisando que gozas de las facultades requeridas, número de asiento de inscripción, partida registral y la zona registral donde está inscrito.
- Informe que contenga la justificación de la renuncia.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Presenta tu solicitud
Acércate a la mesa de partes de la Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos, ubicada en Jirón Piura 850, Tambopata, Madre de Dios, de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m., y presenta tus documentos.
En ese momento, el funcionario verificará tu documentación y te orientará por si debes subsanar alguna observación.
2. Paga tu trámite
Acércate a la caja de la entidad, que está ubicada en el mismo edificio, y cancela S/ 1,602.10 en efectivo por derecho de trámite. Guarda tu comprobante de pago.
Al finalizar, recibirás un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu solicitud escribiendo al correo electrónico mdedios@minem.gob.pe o llamando al teléfono (082)571108, dentro del horario de atención.
3. Recibe la resolución
En un plazo máximo de 30 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la mesa de partes, en el horario de atención, y recoge la resolución que autoriza tu renuncia.
Si vence el plazo de atención y no obtienes respuesta, tu petición se considera aprobada.