Solicitar el reconocimiento de un hijo por escritura pública o testamento en la municipalidad

Si has reconocido a un hijo que fue concebido fuera del matrimonio, por medio de escritura pública o testamento, debes inscribirlo en Reniec o en la municipalidad de tu localidad para que sea registrado en su acta de nacimiento. El reconocimiento de paternidad por escritura pública o testamento es el acto jurídico por el cual, quienes tienen un hijo extramatrimonial no declarado reconocen su paternidad y otorgan a estos los derechos que les corresponden: identidad, alimentación y herencia.

Este trámite permite ingresar la anotación marginal en el acta de nacimiento y otorga el derecho a la rectificación de la misma.

Ten en cuenta que este procedimiento puede ser realizado por el padre, la madre o los abuelos, según el artículo 390 del Código Civil.

Requisitos

  • Solicitud dirigida al alcalde, debidamente llenada y firmada.
  • Copia simple de tu DNI.
    • Si eres extranjero, puedes presentar una copia simple de tu carnet de extranjería, pasaporte o cédula de identificación.
  • Parte notarial del otorgamiento de reconocimiento o protocolización del testamento.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 4 pasos:

1. Paga el trámite

Acércate a la Oficina de Administración Tributaria, ubicada en Calle San Martín s/n, Plaza de Armas de Calca, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., y cancela S/ 23.00 . Guarda tu recibo de pago.

2. Presenta los requisitos

En el mismo local, ve a la mesa de partes, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m., y presenta los documentos solicitados junto con el comprobante de pago. Recibirás un número de expediente con el que puedes hacerle seguimiento en la sección Trámites enviados de la mesa de partes virtual.

También puedes presentar tus requisitos a través de la mesa de partes virtual, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. Los documentos ingresados fuera de este horario serán registrados al siguiente día hábil.

3. Espera la respuesta

En un plazo máximo de 5 días hábiles, la Oficina de Registro Civil atenderá tu solicitud y serás notificado mediante una llamada telefónica o al correo electrónico indicado.

En caso de haber presentado tu solicitud por la mesa de partes virtual de la entidad, recibirás la respuesta por ese medio.

4. Recoge tu acta

Después de recibir la notificación, acércate a la Oficina de Registro Civil en la municipalidad, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 5:00 p. m., y recoge una copia del acta de nacimiento con la anotación marginal.