Supuestos de incompatibilidad de la asistencia económica

La asistencia económica es incompatible con la percepción de cualquier pensión o subvención económica proveniente de fuente pública o privada que tenga como causa el fallecimiento de la madre o padre o tutor legal.

Relación de entidades prestadoras de pensión o subvención por orfandad:

  1. Ministerio de Defensa (Mindef).
  2. Ministerio del Interior (Mininter).
  3. Oficina de Normalización Previsional - ONP.
  4. Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS.
  5. Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador - CBSSP.
  6. Caja de Pensión Militar Policial.
  7. Policía Nacional del Perú.

Adicionalmente, es incompatible con la percepción de la pensión otorgada por el Programa Contigo o encontrarse en un CAR público o privado, así como la percepción de la subvención económica prevista para niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos o la subvención económica otorgada para contribuir a la protección social y desarrollo integral de las víctimas indirectas de feminicidio (Programa Aurora).

Causales para la extinción o suspensión

¿Cuándo se extingue la asistencia económica a un beneficiario?

La asistencia económica finaliza o se extingue cuando:

  • El beneficiario o beneficiaria cumple 18 años de edad, salvo que tenga discapacidad severa o que se encuentre realizando estudios en una institución educativa acreditada por el Minedu.
  • Por fallecimiento del beneficiario(a).
  • Cuando la documentación presentada en la solicitud o la información contenida en la declaración jurada sea falsa.

¿Cuándo se suspende la asistencia económica?

Se suspende el abono de la asistencia económica en las siguientes causales:

  • Si se verifica que el uso de la asistencia económica sea distinto al de alimentación, educación, salud, terapias de recuperación u otras asociadas al desarrollo integral de la niña, niño y adolescente.
  • Si se verifica que el beneficiario o beneficiaria no está bajo el cuidado y la protección del administrador(a). (solicitud de cambio de administrador).