Registro de organizaciones sindicales de servidores públicos y mixtos
Automática - 5 días.
Cuando el cumplimiento de los requisitos solicitados es suficiente para dar por cumplido el trámite o servicio solicitado.
Entidad a cargo: Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria Av. Salaverry 655 - Jesús María.
Base legal: Ley Nº 27556 Art. 1°, del 23/11/2001. D.S. Nº 003-2004-TR, Arts. 1º, 2°, 3° y 4°, del 24/03/2004. D.S. N° 075-2008-PCM, Art. 11°-A, adicionado por D.S. N° 065-2011-PCM. D.S. Nº 017-2012-TR Art. 2º literal e) y Artículo 4º del 01/11/2012. D. S. N° 040-2014-PCM, Arts. 56°, 57°, 58° y 59°, publicado el 13/06/2014.
Requisitos
- Presentar solicitud según formato acompañado de requisitos establecidos en el TUPA.
Modalidad: Online
Teléfonos: 6306000 - 6306030
Correo: informes@trabajo.gob.pe
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
- Registro de organizaciones sindicales de servidores públicos ante el ROSSP.
- El servicio es gratuito.