Tercería de propiedad

Tercería de propiedad. Silencio positivo - 3 días hábilaes. Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado. Entidad a cargo: Oficina de Administración Documentaria, Archivo y Biblioteca. Base legal: Ley Nº 26979, Art. 20º del 23/09/1998.

Requisitos

- Solicitud dirigida a la Unidad de Cobranza Coactiva, adjuntando requsitos establecidos en el TUPA. - La UCC analiza, evalúa y de encontrar conforme la documentación emite resolución resolviendo tercería.

Modalidad: Online

Teléfonos: 6306000 - 6306030 Correo: informes@trabajo.gob.pe

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

- Solicitud dirigida al ejecutor coactivo antes que se inicie el remate del bien adjuntando: - Pruebas del derecho del tercero con documento privado de fecha cierta. - Documento público u otro documento que acredite fehacientemente la propiedad del bien o bienes antes de haberse trabado la medida cautelar. - El servicio es gratuito.