Otorgar la constancia de cese en los casos señalados
Otorgamiento de la constancia de cese en los casos de abandono de la empresa por sus titulares o imposibilidad de otorgamiento de la constancia de cese; negativa injustificada o demora del empleador mayor a 48 horas, para expedir la certificación que acredite el cese.
Silencio Positivo - 12 días hábiles.
Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado.
Entidad a cargo: Oficina de Administración Documentaria, Archivo y Biblioteca.
Base legal: S. Nº 001-97-TR, Arts. 45º y 46º del 01/03/1997.
Requisitos
- Solicitud del trabajador.
Modalidad: Online
Teléfonos: 6306000 - 6306030
Correo: informes@trabajo.gob.pe
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
- Presentar solicitud dirigida a la Sub Dirección de Inspección del Trabajo, acompañada de requisitos establecidos en el TUPA.
- La Dirección de Inspección del Trabajo evalúa la solicitud correspondiente a fin de dar cumplimiento a lo solicitado.
- El servicio es gratuito.