Autorización de trabajo para adolescentes

Autorización previa a las y los adolescentes para que realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia. Silencio negativo - 15 días hábiles. Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso administrativo correspondiente. Entidad a cargo: Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria Av. Salaverry 655 - Jesús María. Base legal: Ley N° 27337 Artículos 19, 22, 50, 51,52, 53, 54, 56, 57, 58, 60. Decreto Supremo N° 018-2020-TR, Artículos 7, 8, 9 10, 11, 12,13,14, 15, 16 y 17. DS N° 003-2010-MIMDES, Artículo 1.

Requisitos

- Presentación en mesa de partes de la solicitud dirigida a la Sub Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo, adjuntando requisitos establecidos en el TUPA. - La SPPDF evalua la documentación, de encontrarla correcta expide la autorización.

Modalidad: Online

Teléfonos: 6306000 - 6306030 Correo: informes@trabajo.gob.pe Mesa de Partes Virtual: https://mdp.trabajo.gob.pe/formdp/#/tramite/registro Los recursos administrativos también pueden ser presentados vía correo electrónico a mesadepartes@trabajo.gob.pe En caso la solicitud haya sido presentada mediante correo electrónico, la Autoridad de Trabajo tiene un plazo de tres (03) días hábiles, contados desde la emisión del acto administrativo que otorga o deniega la autorización, para enviarlo debidamente escaneado a la dirección de correo electrónico desde donde se envía la solicitud original. En caso de otorgamiento de autorización, debe además incluir la libreta del o de la adolescente que trabaja.

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

- Formato de solicitud firmado por la o el adolescente solicitante y su padre/madre, tutor o responsable. En los lugares donde no se provea dicho formato, se puede presentar una solicitud simple dirigida al DRT/GRT de la región, consignando que se trata de una solicitud de trabajo adolescente por cuenta ajena o que se preste en relación de dependencia firmada por la o el adolescente solicitante y su padre/madre, tutor o responsable. - Copia simple de contrato de trabajo, proyecto de contrato de trabajo o declaración jurada firmada por el empleador, en donde se consigne el puesto de trabajo, sus funciones principales, el horario de trabajo, su remuneración y la duración del vínculo laboral. - Copia simple de la constancia emitida por el centro de estudios en donde figure que la o el adolescente se encuentra inscrito y su horario de estudios o declaración jurada firmada por padre/madre/tutor, consignando los mismos datos. - Copia simple del certificado médico del adolescente, el cual será expedido gratuitamente por los servicios médicos del sector salud o de la Seguridad Social, de conformidad con el literal b del artículo 54 del CNA. - Copia simple de la resolución del juez competente que autorice el trabajo del adolescente en horario nocturno; requisito que aplica únicamente en los casos en los que el trabajo adolescente vaya a ser realizado en horario nocturno. - NOTAS - Se puede presentar una solicitud simple dirigida a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Lima Metropolitana, indicando que se trata de una solicitud de autorización de trabajo adolescente por cuenta ajena o en relación de dependencia, debidamente firmada por el o la adolescente solicitante y su padre, madre, tutor/a o responsable - En caso la solicitud haya sido presentada mediante correo electrónico, la Autoridad de Trabajo tiene un plazo de tres (03) días hábiles, contados desde la emisión del acto administrativo que otorga o deniega la autorización, para enviarlo debidamente escaneado a la dirección de correo electrónico desde donde se envía la solicitud original. En caso de otorgamiento de autorización, debe además incluir la libreta del o de la adolescente que trabaja.