Aprobación, prórroga o modificación del contrato de personal extranjero

Silencio positivo - 3 días. Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado. Entidad a cargo: Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria. Base legal: D.Leg. N° 689, Arts. 2°, 5° y 7°, del 05/11/1991. D.S. N° 014-92-TR, Arts. 12° , 13°, 14°, 15°, 18° y 21°, del 23/12/1992.modificado por D. S.Nº 023-2001-TR, Art. 1º del 18/07/2001; Ley N° 28131, Art. 29° inciso 1 literal a), del 19/12/2003. D.S. N° 058-2004-PCM, Art. 16°, del 29/07/2004.

Requisitos

- Aprobación, prórroga o modificación del contrato de personal extranjero.

Modalidad: Online

Teléfonos: 630-6000-630-6030 / Línea gratuita para consultas laborales: 0800-16872 Correo: prensa@trabajo.gob.pe

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

- Acércate a la central en la Avenida Salaverry N° 655, en Jesús María. - Con costo.