Transferir autorización para prestar el servicio de radiodifusión (radio o televisión)

Si prestas el servicio de radiodifusión en tu localidad, sea de radio o televisión en señal abierta, y deseas transferirle a una persona natural o jurídica tu autorización, puedes solicitar el cambio al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

El propósito del trámite es que el nuevo titular continúe brindando el servicio de radiodifusión a través de la radio o televisión en señal abierta, para mantener informada o entretenida a la ciudadanía a nivel nacional.

Condiciones:

  • Debes contar con una autorización vigente y no tener deudas pendientes.
  • No exista un plazo definido para presentar la solicitud.
  • El nuevo titular asumirá todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización.

Las solicitudes de transferencia serán denegadas por las siguientes razones:

  • Si no pasaron 2 años desde la entrada en vigencia de la autorización materia de transferencia.
  • Si la persona a la que le transferirán la autorización está inmersa en alguna de las causales establecidas en el artículo 23 de la Ley de Radiodifusión.
  • Si la autorización no se encuentra vigente a la fecha de presentar la solicitud.

En los últimos dos casos, solo podrás transferir acciones.

Requisitos

  • Formulario de solicitud llenado y firmado.
  • Copia simple del documento donde conste la transferencia de no estar registrada en la Sunarp. Ejemplo: contrato privado con firmas legalizadas ante un notario.
  • Hoja de datos personales de los nuevos socios, accionistas, asociados y titulares nacionales y extranjeros. Este requisito será presentado también cuando los socios, accionistas, asociados y titulares nacionales y extranjeros de la persona jurídica tenga calidad de nuevo miembro.
  • En caso de que el nuevo integrante sea una asociación o sociedad anónima, agrega una copia simple del instrumento legal donde conste la calidad de los accionistas o asociados que la integran.
  • Declaración jurada indicando la composición accionaria (así como la participación en el capital social) o la relación de los asociados de las sociedades anónimas y asociaciones que tengan la calidad de nuevos integrantes.
  • Presentación de declaraciones juradas de no haber sido condenado con pena privativa de libertad de 4 o más años por la comisión de un delito doloso, y de la vigencia del poder del representante legal, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 006-2017-MTC.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Una vez que entres a la plataforma, ve a Mis trámites y selecciona Nueva solicitud. Ingresa el nombre de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y busca el trámite DGAT-029: Transferencia de autorización del servicio de radiodifusión (persona natural) o DGAT-030: Transferencia de autorización del servicio de radiodifusión (persona jurídica). Selecciona Iniciar procedimiento y adjunta tus documentos en formato PDF, con un peso máximo de 50 MB.

Para terminar, haz clic en Enviar solicitud. El sistema te brindará un número de expediente para hacer seguimiento de tu trámite.

En un plazo de 66 días hábiles, recibirás una respuesta a través del correo electrónico que declaraste en tu solicitud.  Para que la transferencia entre en vigencia, debes responder al correo dando la conformidad a la recepción de la notificación.

Envía tus documentos

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga tu trámite

Acércate a caja de la sede central del MTC, ubicada en Jirón Zorritos 1203, Cercado de Lima, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:30 p. m., y cancela según la siguiente escala de precios:

  • Persona natural: S/ 2,453.80 .
  • Persona jurídica: S/ 2,453.90 .

También puedes pagar a través del TUPA Digital o al código 1009 del Banco de la Nación.

En cualquier caso, guarda tu comprobante de pago.

2. Presenta tus documentos

Dirígete a la mesa de partes de la sede central, ubicada en el mismo edificio, o si estás en provincia, a la mesa de partes de los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT), de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m., y presenta los requisitos.

Si tu documentación tiene alguna observación, te notificarán al correo electrónico indicado en tu solicitud, para que la subsanes.

3. Espera respuesta

En un plazo de 66 días hábiles, recibirás una respuesta a través del correo electrónico que declaraste en tu solicitud.  Para que la transferencia entre en vigencia, debes responder al correo dando la conformidad a la recepción de la notificación.