Inspección técnica a bases y estaciones de aeronavegabilidad para establecimiento o actualización de especificaciones de operación

Base Legal: Art. 11 numeral 11.1 de la Ley N.° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú (10/05/2000). Arts. 13 y 192 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N.° 050-2001-MTC (26/12/2001). R. D. N.° 235-2018-MTC/12 (19/03/2018) RAP 119 (1) 119.315. R. D. N.° 406-2013-MTC/12 (15/08/2013) RAP 135 (1) 135.185.

Requisitos

- Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil (DGAC). - Pago por derecho de tramitación. - Por día de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluación o inspección técnica se efectúe en el territorio nacional, excepto Lima, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. - Por día de servicio internacional. Este pago es adicional a la tasa de tripulante técnicos/auxiliares o inspección técnica, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios, por cada inspector y de acuerdo a la escala de viáticos por región geográfica.

Modalidad: Online

Teléfono: 615-7800 Correo: emoran@mtc.gob.pe

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Acércate a la oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental ubicada en Jr. Zorritos 1203, Lima. El costo varía si es por día de servicio nacional (S/ 781.00) o internacional (S/ 108.60).