Habilitación vehicular o registro de unidad de carga por incremento o sustitución
Base Legal:
Arts. 78, Capítulo VII de la Decisión N.° 398 (17/01/97).
Arts. 63 y 69, Capítulo VII de la Decisión N.° 399 (17/01/97).
Art, 3, 6, 7 y 8, Resolución N.° 833 de la Secretaría de la CAN (21/06/04).
Capítulo VII, Resolución N.° 300 de la Secretaría General (07/10/99).
Art. 2, Decisión N.° 491 del Reglamento Técnico Andino (09/02/01).
Requisitos
- Solicitud según formulario.
- Relación de vehículos y unidades de carga de su propiedad o con contrato de arrendamiento financiero o vinculados con terceros, en los que el vehículo o unidad de carga debe estar identificado con el número de placa de rodaje o número de serie o código de identificación vehicular - VIN.
- El contrato de vinculación debe cumplir con los requisitos señalados en el artículo 3 de la Resolución N.° 272 de la Secretaría General de la Comunidad Andina.
- Copia simple de la Póliza Andina de Seguro de Responsabilidad Civil para el Transportista Internacional por Carretera y anexo de accidentes corporales para tripulantes, por cada vehículo ofertado.
- Copia simple del Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, que acredite que el vehículo ofertado cumple con las características y requisitos señalados en el Reglamento Nacional de Vehículos y las condiciones técnicas señaladas en la Resolución 833 de la Secretaría General de la CAN.
Modalidad: Online
Teléfono: 615-7800
Correo: emoran@mtc.gob.pe
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
Acércate a la oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental ubicada en Jr. Zorritos 1203, Lima. El servicio es gratuito.