Consejo Nacional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotráfico

Es un órgano público adscrito al Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, con competencia nacional para calificar los casos de funcionarios y servidores del sector público, nombrados y contratados, alcaldes y regidores, así como gobernadores y quienes desempeñen cargos similares, que en acción o comisión de servicios resulten víctimas de accidentes, actos de terrorismo o narcotráfico, a fin pueda accederse a los beneficios establecidos por ley.

Condiciones para ser considerado beneficiario:

  • Ser servidor funcionario público, al momento de ocurrir el hecho generador.
  • Ser víctima de un accidente, acto de terrorismo o narcotráfico.
  • Encontrarse en acción o comisión de servicios al momento de ocurrido el evento.
  • Acreditación de incapacidad, si esta es consecuencia directa del evento dañino sufrido.
  • Relación de parentesco con la víctima.

Beneficios:

  • Una indemnización excepcional por incapacidad permanente o temporal, con sujeción a la escala que fije el Consejo Nacional de Calificación de Víctimas.
  • Una pensión de invalidez para los funcionarios o servidores titulares, por el íntegro del haber bruto que percibía al momento de invalidarse, los mismos que para tal efecto serán promovidos económicamente cada cinco años.
  • En caso de fallecimiento, los deudos de la víctima podrán percibir una indemnización excepcional y/o una pensión de sobrevivientes en la modalidad de viudez, orfandad y ascendencia, según corresponda, por el íntegro del haber bruto que recibía el trabajador al momento de ocurrencia del hecho dañino.
  • Reserva de vacante en los procesos de admisión y en los cursos de especialización técnica en las universidades públicas a las víctimas calificadas como beneficiarios, haciéndose extensivo a sus hijos (Ley N° 27277).

¿Cómo se debe presentar una solicitud para acceder a los beneficios?

Puedes presentar tu solicitud ingresando aquí o a través de la mesa de partes virtual, indicando los fundamentos de hecho y de derecho correspondientes y adjuntando los medios probatorios que acrediten el cumplimiento de las condiciones señaladas en el primer punto. No es necesaria la firma de un abogado(a).

Para conocer cómo presentar su solicitud ante el Consejo Nacional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotráfico, ingresar al video tutorial aquí.

Marco Normativo:

Directorio:

Presidenta: Gina Marlene Román López.

Correo electrónico: cncvconsultas@minjus.gob.pe.

Asistente Administrativa: Consuelo Carolina Chávez Camones.

Correo electrónico: consuelo.chavez@minjus.gob.pe.