Concursos notariales

El concurso público de méritos o concurso notarial es la única forma de ingresar a la función notarial y está regulado por el Decreto Legislativo del Notariado N° 1049 y el Reglamento de Concurso Público de Méritos, publicado en el Decreto Supremo N° 015-2008-JUS y modificado en el Decreto Supremo N° 002-2010-JUS.

Las convocatorias de estos concursos notariales son realizadas por los Colegios de Notarios del Perú, previa solicitud del Consejo del Notariado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH). Asimismo, estas deben realizarse en un plazo no mayor a 30 días calendario desde su requerimiento.

En caso de no convocarse en el plazo establecido, el Consejo del Notariado está autorizado para hacerlo en un plazo máximo de 15 días calendario o, de lo contrario, el MINJUSDH será la entidad responsable de convocarlas.