Aprobación o modificación del programa especial de manejo ambiental (pema).

Base Legal: - D.S. N° 041-2001-EM (Art. 4°) (21-07-2001) - D.S. N° 036-2006-EM (Art. 1°) (05-07-2006) - Ley N° 28964 ( 24-01-2007) - Ley N° 27444 (11-04-2001) - Ley N° 27798 (Art. 1°) (26-07-2002) Nota 1: Para el caso de la modificación del Programa de Monitoreo corresponde la presentación de los rubros: a,b y e. Nota 2: En caso el proyecto se encuentre en Área Natural Protegida, se deberá presentar la copia del comprobante de entrega en el Sernamp.

Requisitos

1 Solicitud de acuerdo a formato, consignando el número de RUC. 2 Dos ejemplares impresos y digitalizados del estudio: - Para la DGAAM. - Para consulta del público. 3 Documento emitido por Osinergmin, que acredite la autorización de presentación del pema. 4 Comprobante de haber presentado un ejemplar del pema en la dirección regional de energía y minas correspondiente a la zona del proyecto. 5 Recibo de pago TUPA-MEM.

Modalidad: Presencial

Silencio Negativo - 60 dias calendario. Costo: 30% UIT. Transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar el recurso Administrativo correspondiente.