Autorización y registro de modificación de la información de centros de conciliación y centros de formación

Base Legal: ARTÍCULO 54º DEL REGLAMENTO DE LA LEY N.º 26872, APROBADO POR D.S. N.º 014-2008-JUS.

Requisitos

1 Solicitud (formulario) 2 Documentación que sustente la modificación solicitada

Modalidad: Presencial

Silencio Positivo - 3 DÍAS Transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado.